Desbloqueada la jubilación parcial para el personal laboral de las administraciones públicas

El real decreto-ley aprobado establece un nuevo marco para la jubilación parcial anticipada y flexibiliza los requisitos para la contratación de relevistas, aunque sindicatos advierten de que aún quedan cuestiones pendientes para el personal funcionario y estatutario

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El Consejo de Ministros ha aprobado este lunes un real decreto-ley que desbloquea la jubilación parcial para el personal laboral de las administraciones públicas, una medida que da respuesta a un derecho que había quedado bloqueado tras la última reforma de las pensiones. El texto introduce flexibilidad en los requisitos para la contratación de relevistas y establece un régimen transitorio hasta 2027 para facilitar la adaptación de las administraciones.

La portavoz del Gobierno y ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, ha subrayado en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros que la medida supone una solución «permanente» a esta modalidad de retiro y cumple el compromiso adquirido con las organizaciones sindicales en el marco del diálogo social.

La jubilación parcial permite a los trabajadores a tiempo completo que no hayan alcanzado la edad ordinaria de jubilación acceder a esta de forma parcial y anticipada, siempre que se celebre simultáneamente un contrato de relevo. Para ello, es necesario retirarse tres años antes de la edad de jubilación, acreditar 33 años de cotización, tener una antigüedad de seis años en la empresa y reducir la jornada entre un 25% y un 75%. Si la jubilación se anticipa en más de dos años, la reducción de jornada durante el primer año será de entre el 20% y el 33%.

El nuevo real decreto-ley permite que, si no es posible formalizar el contrato fijo de relevo de manera simultánea con la jubilación parcial, se pueda recurrir a una contratación temporal de sustitución a tiempo completo, que finalizará cuando se formalice el contrato fijo o al término del segundo año posterior a la extinción de la jubilación parcial. Además, la oferta de empleo público de 2026 en la Administración del Estado ya ha incluido 854 plazas para la contratación de personal relevista fijo.

El texto también incorpora una disposición adicional sobre la indemnización por residencia del personal del sector público estatal destinado en la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, revisando sus cuantías.

Reacciones sindicales

La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) ha celebrado la aprobación del real decreto-ley, recordando que la jubilación parcial era un derecho «bloqueado» en la última reforma de pensiones, fruto del acuerdo entre Gobierno, CCOO y UGT, que «no tuvo en cuenta los requisitos de selección de personal de las administraciones públicas». CSIF señala que, tras el bloqueo, acudió a la justicia y los tribunales determinaron que CCOO y UGT «no había tenido en cuenta las particularidades del empleo público y sus limitaciones». El sindicato exigió una solución durante la negociación del Acuerdo Marco por la mejora del empleo público y el servicio a la ciudadanía, así como la regulación de la jubilación parcial para el personal funcionario y estatutario. Además, CSIF se movilizó el pasado 11 de junio frente al Ministerio de Hacienda exigiendo el desbloqueo inmediato de este derecho.

Por su parte, CCOO ha señalado que, desde que el Ejecutivo adoptó decisiones «que ignoraron la especificidad del empleo público y los principios constitucionales que lo rigen», se generó un escenario «profundamente lesivo para miles de empleados públicos laborales» que, pese a tener reconocido el derecho a la jubilación parcial, «se han visto impedidos en la práctica de ejercerlo». CCOO denuncia que el problema «está lejos de resolverse totalmente», ya que el Gobierno mantiene un «incumplimiento manifiesto» al no haber recuperado aún la jubilación parcial para el personal funcionario y estatutario, tal y como se comprometió en el Acuerdo para una Administración del Siglo XXI. El sindicato advierte de que «no tolerará este incumplimiento y que no permanecerá impasible ante una nueva dilación», y anuncia acciones de presión para exigir el cumplimiento de los compromisos.

UGT Servicios Públicos ha valorado positivamente la aprobación del real decreto-ley, aunque ha señalado que analizará el texto definitivo una vez se publique íntegramente en el Boletín Oficial del Estado. El sindicato destaca que la norma permitirá que la persona que releve al trabajador que acceda a la jubilación parcial pueda ser contratada con carácter temporal, con la obligación de que la Administración convoque posteriormente esa plaza en la primera Oferta de Empleo Público que apruebe, manteniendo así su carácter fijo. Según UGT, esta fórmula desbloquea definitivamente el acceso a la jubilación parcial anticipada del personal laboral, al permitir a las administraciones cubrir las vacantes con mayor agilidad, tal y como ocurría antes de la entrada en vigor del Real Decreto-ley 11/2024. No obstante, la organización recuerda que sigue pendiente garantizar el acceso a la jubilación parcial del personal funcionario y reclama que el personal estatutario pueda acceder tanto a la jubilación anticipada mediante coeficientes reductores como a la jubilación parcial.

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