La Universidad de Castilla-La Mancha (UCLM) ha abierto la convocatoria, a través de tres resoluciones publicadas por el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) en su edición de este miércoles, de un total de 55 becas de ayudas para movilidad en el ámbito de la Unión Europea y estados asociados para formación y docencia de personal investigador, así como formación de personal técnico.
El periodo de presentación de solicitudes, que se encuentra abierto desde el 27 de junio de 2024, permanecerá hasta las 14.00 horas del 22 de julio de 2024.
La segunda convocatoria está destinada a incorporar 10 becas dentro del proyecto Erasmus+ con fines de formación para personal investigador, concretamente 8 plazas en la UE y países asociados y 2 plazas en Reino Unido.
El objeto de esta convocatoria consiste en la realización de una breve estancia formativa en una institución socia dentro del programa Erasmus+ que puede consistir en realización de un curso de idioma extranjero para mejorar el nivel acreditado actual o la realización de un curso de formación que verse sobre la impartición de docencia en otros idiomas (competencias comunicativas orales para la docencia, preparación de materiales, diseño y realización de pruebas y evaluaciones).
En cuanto a la tercera, dirigida al personal técnico, de gestión, de administración y servicios, cuenta con 20 plazas dentro del proyecto Erasmus+ con fines de formación, 11 plazas para PTGAS en la UE y países asociados (STT), 4 plazas para PTGAS en Reino Unido (FMI), 4 plazas para PI en la UE y países asociados (STT) y 1 plaza para PI en Reino Unido.
El objeto de esta convocatoria consiste en la realización de una breve estancia formativa en una institución socia dentro del programa Erasmus+ con la finalidad de conocer el funcionamiento de la unidad administrativa homóloga a la del beneficiario, fomentando la internacionalización de todos los colectivos de la comunidad universitaria de las universidades e instituciones de educación superior europeas, mediante el conocimiento de buenas prácticas, así como la observación de formas de trabajo y entornos laborales de las instituciones socias para mejorar las aptitudes que requiere el puesto de trabajo del beneficiario y fortalecer las relaciones con las universidades socias. La formación puede consistir en la realización de un curso de idioma extranjero para mejorar el nivel acreditado actual o la realización de un curso de formación que verse sobre sobre las funciones que desempeña el participante en su puesto de trabajo.
Las ayudas se destinarán a contribuir a los gastos derivados de la movilidad física a una institución de educación superior de un Estado miembro de la UE o un tercer país asociado al programa a la que se haya concedido una Carta Erasmus para Educación Superior (ECHE), o una institución de educación superior de un tercer país no asociado al Programa (Reino Unido).
La movilidad solo podrá realizarse hacia una universidad o institución de educación superior adscrita al programa Erasmus+, que tenga un acuerdo interinstitucional de movilidad de personal con el centro del solicitante u otro centro de nuestra universidad en el que se imparten los mismos estudios. La docencia que imparta el profesorado durante su estancia deberá formar parte integrante del programa de estudios de la universidad de acogida y deberá reflejarse en un programa de enseñanza acordado y firmado entre ambas instituciones (ver el listado de destinos en el Anexo II del texto íntegro de la convocatoria).
Las estancias de actividad docente tendrán una duración mínima de dos días y máxima de dos meses. La actividad docente será de ocho horas como mínimo semanal, aunque la estancia sea menor a la semana. Se financiará como máximo cinco días incluyendo los días de viaje, a excepción de la estancia que se combine con una actividad de docencia y de formación, en cuyo caso, el mínimo se reducirá a cuatro horas de docencia semanal. Las estancias docentes al amparo de esta convocatoria deberán ser realizadas a partir del 9 de septiembre de 2024 y hasta el 31 de enero de 2025.