El Consejo Asesor de Medio Ambiente, nuevo órgano adscrito a la ConsejerÃa de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, tendrá que reunirse al menos dos veces al año una vez empiece a funcionar, y estará compuesto por cerca de una treintena de cargos en representación de todas las administraciones competentes.
Habrá igualmente seis vocalÃas correspondientes a las personas titulares de los órganos de las consejerÃas que integran la estructura organizativa de esta Administración Regional cuyo ámbito competencial esté directamente relacionado con la agricultura y la ganaderÃa; el desarrollo rural; el agua; la industria, la energÃa y la minerÃa; la salud pública y el consumo; y la educación en valores.
Habrá vocalÃas donde estarán representadas la Oficina del Cambio Climático de Castilla-La Mancha y el Instituto de la Mujer; cuatro en representación de las organizaciones no gubernamentales, de entre las organizaciones que figuren registradas en el Registro de Asociaciones de Defensa de la Naturaleza de Castilla-La Mancha; una en representación de las organizaciones o federaciones regionales de caza; y una más en representación de las organizaciones de consumidores y usuarios.
Igualmente se crean tres vocalÃas en representación de las organizaciones profesionales agrarias con mayor representatividad en la Comunidad Autónoma, una en representación de cooperativas agroalimentarias, dos en representación de la Confederación de Empresarios; dos en representación de los sindicatos de trabajadores más representativos; y una en representación de la Confederación Regional de Asociaciones de Vecino.
También están representadas la FEMP, la UCLM, la UAH y la Delegación del Gobierno. El presidente del Consejo podrá invitar a las reuniones del Consejo, sin derecho a voto, a funcionarios y expertos de reconocido prestigio cuya actividad esté directamente relacionada con las cuestiones o materias a tratar.
La secretarÃa corresponderá a una persona funcionaria de la ConsejerÃa con competencias en materia de medio ambiente, designada por la persona titular de esa ConsejerÃa.
FUNCIONES
El Consejo El Asesor de Medio Ambiente ejercerá como funciones asesorar al titular de la ConsejerÃa con competencias en materia de medio ambiente en las cuestiones que plantee; iformar los anteproyectos de Ley y proyectos de disposiciones reglamentarias en materia de medio ambiente que hayan de proponerse para su aprobación al Consejo de Gobierno Regional; o colaborar y asesorar en el desarrollo y ejecución de las Estrategias Regionales de Desarrollo Sostenible y de Cambio Climático.
Igualmente, podrá plantear iniciativas destinadas a la mejora del medio ambiente, de la calidad de vida, al desarrollo sostenible y a la creación de empleo para que sean tratadas en el órgano administrativo competente; impulsar la coordinación entre la iniciativa pública y privada en materia de medio ambiente; o emitir informes y efectuar propuestas relativas a los planes y programas que teniendo alcance regional o afectando a más de una provincia se elaboren con respecto a la agricultura, ganaderÃa, silvicultura, acuicultura, pesca, energÃa, industria, minerÃa, transporte, gestión de residuos, gestión de recursos hÃdricos, telecomunicaciones, turismo, ordenación del territorio urbano y rural o uso del suelo.
Emitir informes y ser consultado en los supuestos que las normas dispongan o en el ejercicio de su ámbito funcional; proponer medidas en materia de educación ambiental y para la sostenibilidad que tengan como finalidad informar, orientar y sensibilizar a la sociedad de los valores ecológicos y medioambientales; e impulsar la defensa y mejora del medio ambiente j) Elaborar una memoria anual sobre las actividades desarrolladas por el Consejo serán también funciones de este órgano.