El Consejo de Ministros ha aprobado este lunes nuevas medidas fiscales para aut贸nomos y empresas afectadas por la DANA, as铆 como nuevas flexibilizaciones de plazos tributarios locales y auton贸micos en beneficio de todos los contribuyentes impactados por este desastre natural, entre las que se encuentra una reducci贸n del 25 % en la tributaci贸n por m贸dulos de los aut贸nomos afectador por las inundaciones.
Estas medidas se enmarcan en el Real Decreto-ley por el que se adoptan medidas urgentes para el impulso del Plan de Respuesta Inmediata, Reconstrucci贸n y Relanzamiento frente los da帽os causados por la Depresi贸n Aislada en Niveles Altos (DANA) en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024.
En materia fiscal la norma aprobada hoy incluye para los aut贸nomos y empresarios que tributan por el r茅gimen de estimaci贸n objetiva (m贸dulos) en los municipios afectados por la DANA, una reducci贸n del 25 % en su rendimiento neto en 2024 y una disminuci贸n en el mismo porcentaje de sus cuotas devengadas por operaciones corrientes en el r茅gimen simplificado de IVA.
BENEFICIAR脕 A M脕S DE 22.000 AUT脫NOMOS POR CASI 9 MILLONES DE EUROS
Esta rebaja en la tributaci贸n por m贸dulos del 25 % beneficiar谩 a 22.655 contribuyentes por un importe total de 8,9 millones, lo que supone un ahorro de 393 euros de media por contribuyente. Por su parte, los beneficiados en el r茅gimen simplificado de IVA son 4.900 contribuyentes, que lograr谩n un ahorro de 92 euros de media.
Otra medida que contempla el decreto es la posibilidad para estos contribuyentes de renunciar excepcionalmente a aplicar el r茅gimen de m贸dulos en 2024, tributando en tal caso en el r茅gimen de estimaci贸n directa simplificada, sin que esta decisi贸n impida que el contribuyente pueda volver a aplicar el sistema de m贸dulos en 2025 o 2026, si as铆 lo desea. Se trata de un procedimiento similar al ya establecido durante la pandemia.
SE AMPL脥AN LOS BENEFICIARIOS DE LAS AYUDAS DIRECTAS
El decreto aprobado hoy ampl铆a los beneficiarios de las ayudas directas a empresas y aut贸nomos afectados por la DANA, no solo a quienes tuvieran su domicilio fiscal en los municipios da帽ados por el desastre natural, sino tambi茅n para aquellas empresas o aut贸nomos que tengan establecimientos o explotaciones en los municipios afectados, aunque no tuvieran fijado su domicilio fiscal en esas localidades. De esta forma, la cobertura de estas ayudas permitir谩 beneficiar a 5.800 aut贸nomos y empresas m谩s que, siendo afectadas por la DANA, no ten铆an su domicilio fiscal en los municipios da帽ados, lo que eleva el n煤mero total de beneficiarios de estas ayudas por encima de los 100.000.
Por tanto, se ampl铆a el n煤mero de empresas que podr谩n recibir una ayuda directa de entre 10.000 y 150.000 euros en funci贸n de su volumen de facturaci贸n. Tambi茅n aumentan los aut贸nomos beneficiados por una ayuda que alcanzar谩 los 5.000 euros.
Todas estas ayudas podr谩n solicitarse en la web de la Agencia Tributaria entre el 19 de noviembre y el 31 de diciembre de 2024. Para agilizar al m谩ximo la recepci贸n de estos importes, bastar谩 con indicar el n煤mero de cuenta en el que se realizar谩 el ingreso. La Agencia Tributaria comenzar谩 a realizar los pagos a partir del 1 de diciembre.
Adem谩s, estas ayudas estar谩n exentas de tributaci贸n en el IRPF y en el Impuesto sobre Sociedades. Es importante recordar que el decreto aprobado la semana pasada tambi茅n declara exentas del IRPF todas las ayudas por da帽os personales percibidas por los afectados por la DANA.
SE EXTIENDE LA SUPRESI脫N DEL IBI A INMUEBLES R脷STICOS
Tambi茅n se incluye en la norma aprobada hoy por el Gobierno la exenci贸n del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) de naturaleza r煤stica correspondiente al ejercicio 2024. En concreto, quedan exentas las cuotas que afecten a fincas, locales de trabajo y similares, de naturaleza r煤stica, de titularidad de agricultores y ganaderos que tengan p茅rdidas mayores al 40 % de la producci贸n.
Los contribuyentes que hubieren satisfecho los recibos correspondientes al ejercicio fiscal correspondiente al a帽o 2024 podr谩n pedir la devoluci贸n de las cantidades ingresadas.
En este sentido, cabe destacar que esta exenci贸n ya se hab铆a aprobado la semana pasada para el pago del IBI del resto de los inmuebles no r煤sticos afectados por la DANA. Asimismo, la disminuci贸n de ingresos en tributos locales que dichas exenciones produzcan en los ayuntamientos, consejos insulares, cabildos insulares, diputaciones provinciales y Comunidades Aut贸nomas ser谩 compensada con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.
FLEXIBILIZACI脫N DE PLAZOS DE IMPUESTOS AUTON脫MICOS Y LOCALES
Por otra parte, el decreto extiende tambi茅n las medidas de flexibilizaci贸n y suspensi贸n de plazos y procedimientos tributarios en beneficio de los contribuyentes de dichos municipios afectados por la DANA a los procedimientos tributarios auton贸micos y locales. Cabe recordar que en el decreto de la semana pasada se hab铆a aprobado dicha medida para los procedimientos que afectaran al 谩mbito estatal de la Agencia Tributaria.
Todas estas medidas fiscales refuerzan las adoptadas en el primer Real Decreto-ley aprobado la semana pasada y ponen de manifiesto el 芦compromiso禄 del Gobierno para responder y atender a todos los damnificados del desastre natural y movilizar los recursos necesarios 芦el tiempo que se requiera禄, seg煤n destaca el Ministerio de Hacienda en un comunicado.