jueves, 21 noviembre, 2024

El jurado declara culpable de homicidio al varón que mató a su hijo en Santa Cruz del Retamar

Al admitir el acusado los hechos, el Ministerio Fiscal rebaja la petición de pena de 25 a 13 años

El jurado popular que estos días ha enjuiciado en la Audiencia Provincial de Toledo a N.P, le ha declarado culpable del delito del homicidio de su hijo G.S.P., ocurrido en la noche del 11 de octubre de 2020 en Santa Cruz del Retamar.

Tras la lectura del veredicto, el juicio ha quedado visto para sentencia, enfrentándose el acusado a una posible pena de prisión de entre 10 y 15 años según figura en el Código Penal.

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A pesar de que en un inicio la fiscalía planteaba que el delito cometido era de asesinato, el cambio en la declaración del acusado confesando su culpabilidad, le ha conducido a modificar sus conclusiones de acusación, rebajando la petición de prisión de los 25 años iniciales, por el delito de asesinato con agravante de alevosía, a 13 años «por el delito de homicidio tal y como se contempla en el artículo 138 del Código Penal».

Asimismo, la fiscalía ha solicitado que, tras el cumplimiento de la pena, se establezca al acusado una medida de libertad vigilada durante 10 años, que impida «el acercamiento a sus familiares a una distancia de 1.000 metros, así como residir en el mismo municipio».

Por su parte, la defensa ha manifestado su conformidad con la modificación planteada por la fiscalía, mientras que la acusación particular y la acusación pública también han secundado la modificación de la petición de pena, aunque han manifestado su discrepancia con la rebaja de las indemnizaciones por responsabilidad civil.

De esta forma, la acusación particular mantiene la solicitud inicial de responsabilidad civil por valor de 94.000 euros a M.A.D. por el fallecimiento de su pareja; 94.000 euros a cada uno de los dos hijos de la víctima; 42.000 euros a L.P. como madre de la víctima, y 15.000 euros a N.G.P., hermano del fallecido.

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DECLARACIÓN DE LOS FORENSES

La admisión de culpabilidad por parte de N.P. ha condicionado la segunda vista del juicio, causando la renuncia de los letrados a la comparecencia de los agentes de la Guardia Civil encargados de la investigación. Sin embargo, si han sido llamados a declarar los médicos forenses, dado que la acusación mantenía «el interés» en sus declaraciones.

Durante su comparecencia, el equipo de forenses ha destacado que, en la autopsia de la víctima, se identificó como causa de la muerte la cuchillada en el pecho, sin que se encontrase «ninguna lesión más».

Según ha expuesto el médico forense, la herida corresponde a las características de un apuñalamiento voluntario, excluyendo la posibilidad de un accidente, ya que, para darse ese tipo de lesiones «el arma blanca tiene que estar animada de cierta fuerza viva».

Asimismo, los forenses también han ratificado un informe emitido durante la investigación sobre el estado de salud mental del acusado, en el que no se encontró «ninguna alteración o afectación que pudiera afectar a sus capacidades en el momento en el que se produjeron los hechos».

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