s谩bado, 27 abril, 2024

Las medidas de prevenci贸n en residencias de C-LM se mantienen, de momento, hasta el 5 de abril

Se contin煤a recogiendo la consideraci贸n de brote ante la confirmaci贸n de un solo caso

El Diario Oficial de Castilla-La Mancha ha publicado la Resoluci贸n de 21/03/2022, de la Consejer铆a de Sanidad, por la que se aprueban medidas para los centros, servicios y establecimientos de servicios sociales en Castilla-La Mancha para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, y en la que se contin煤a recogiendo la consideraci贸n de brote ante la confirmaci贸n de un solo caso.

Seg煤n el informe diario de vigilancia epidemiol贸gica de infecci贸n por COVID-19 en residencias de personas mayores, elaborado por la Direcci贸n General de Salud P煤blica de la Consejer铆a de Sanidad, a fecha 15 de marzo de 2022 en el conjunto de la regi贸n hay 79 residencias de personas mayores (RM) con brotes activos frente a las 80 del informe de 03 de marzo.

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En total, en los 煤ltimos 14 d铆as, se han diagnosticado 766 casos de COVID-19 (699 en personas residentes y 67 en personas trabajadoras socio sanitarias) frente a los 552 casos de COVID-19 en RM (495 en personas residentes y 57 en personas trabajadoras sociosanitarias) registrados en el informe de 3 de marzo.

Se informar谩 a las personas residentes, trabajadoras y familiares que, aunque existe un riesgo significativamente menor de padecer COVID-19 despu茅s de la vacunaci贸n, el riesgo no desaparece por completo ya que la vacuna no garantiza una protecci贸n total a todas las personas vacunadas.

El uso de mascarillas se regir谩 por lo dispuesto en el Real Decreto 115/2022, de 8 de febrero, que pone fin a la obligatoriedad de mascarillas en exteriores. Se permitir谩n las actividades grupales y el uso de las zonas comunes dentro del centro.

A efectos de intervenci贸n en brotes se considerar谩 brote la detecci贸n de un solo caso en personas residentes o tres casos en personas trabajadoras. Se considera brote abierto aquel que ha tenido casos en los 煤ltimos 20 d铆as y cerrado, aquel sin casos en los 煤ltimos 20 d铆as. Se considera brote activo aquel que haya tenido casos en los 煤ltimos 10 d铆as.

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Todo ello de acuerdo con lo establecido en la ‘Adaptaci贸n de las Medidas en Residencias de Mayores y Otros Centros de Servicios Sociales de Car谩cter Residencial en un Contexto de Alta Transmisi贸n Comunitaria’ de 28 de enero de 2022, aprobado por la Ponencia de Alertas y Planes de Preparaci贸n y Respuesta y por la Comisi贸n de Salud P煤blica.

El brote se notificar谩 de forma urgente a la secci贸n de epidemiolog铆a correspondiente, estando obligado a ello tanto el personal de direcci贸n de los centros como el personal m茅dico que identifiquen el brote conforme al art铆culo 14 del Decreto 51/1997, de 29 de abril, de la red de vigilancia epidemiol贸gica de Castilla-La Mancha.

Ante la aparici贸n de un caso sospechoso en una persona residente o trabajadora se proceder谩 al aislamiento de la persona hasta la obtenci贸n del resultado de la PDIA. Si el resultado es positivo se mantendr谩 el aislamiento del caso, y se proceder谩 a estudiar los contactos estrechos seg煤n lo establecido en la Estrategia de Detecci贸n Precoz, Vigilancia y Control de COVID-19.

Se establece un periodo de 7 d铆as para el aislamiento de los casos confirmados asintom谩ticos o con s铆ntomas leves, si en el momento de finalizaci贸n de este periodo la persona est谩 asintom谩tica y han transcurrido al menos tres d铆as tras la resoluci贸n de los s铆ntomas. Para aquellas personas con enfermedad grave o inmunosupresi贸n el periodo deaislamiento se adaptar谩 en funci贸n del curso cl铆nico teniendo en cuenta que se podr谩 finalizar el aislamiento si han transcurrido 3 d铆as sin sintomatolog铆a.

Todas las medidas dirigidas al control de la trasmisi贸n en los centros podr谩n ser adaptadas por las personas responsables de los servicios sociales, en coordinaci贸n con las responsables de salud p煤blica, en base a la situaci贸n epidemiol贸gica de los municipios y a una valoraci贸n del riesgo espec铆fica basada tanto en los indicadores epidemiol贸gicos como en las condiciones de los centros, siempre con el l铆mite m谩ximo de las medidas limitativas de derechos fundamentales de las personas.

MEDIDAS COMPLEMENTARIAS

En cuanto a visitas y salidas en las residencias de personas mayores, viviendas para personas mayores, viviendas para personas con discapacidad y centros de atenci贸n a personas con discapacidad grave, el r茅gimen de visitas y salidas de los centros se mantendr谩 con normalidad.

Quedan suspendidas las visitas y salidas de las personas positivas al virus o tengan s铆ntomas compatibles con la enfermedad. En cuanto a los nuevos ingresos, reingresos, traslados y estancias temporales, se mantendr谩n con normalidad.

Se recomienda la realizaci贸n de prueba diagn贸stica de infecci贸n activa (PDIA) a las personas que ingresen o reingresen al centro. Se recomienda que, durante 7 d铆as, aquellas personas trabajadoras que retornen de permisos y vacaciones (por un periodo superior a 15 d铆as) no est茅n en contacto con personas residentes no vacunadas.

Se recomienda que a las personas trabajadoras no vacunadas no se les asigne el cuidado de las personas residentes no vacunadas y, en su caso, a las que a煤n no hubieran completado la pauta de vacunaci贸n.

A las personas trabajadoras que rechacen la vacuna o que no hayan completado su vacunaci贸n, se les realizar谩 control de temperatura diaria y pruebas diagn贸sticas de infecci贸n activa (PDIA) dos veces por semana, como medida espec铆fica de evaluaci贸n del riesgo y de prevenci贸n en estas personas trabajadoras.

Se dar谩 traslado de esta resoluci贸n a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, de conformidad con lo dispuesto en el art铆culo 10.8 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicci贸n Contencioso-administrativa, para la ratificaci贸n de aquellas medidas que pudieranafectar a derechos fundamentales.

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