jueves, 2 mayo, 2024

El DOCM publica la normativa que hace efectiva la relajación de medidas en C-LM, incluyendo apertura de hostelería

El Diario Oficial de Castilla-La Mancha ha publicado un decreto de Presidencia firmado por el presidente regional, Emiliano García-Page, y una Resolución de la Consejería de Sanidad firmada por el consejero de Sanidad, Jesús Fernández Sanz, para dar validez a las medidas adoptadas en el Consejo de Gobierno extraordinario de este jueves y suavizar las medidas restrictivas que pesaban sobre la región desde el pasado 18 de enero, de manera que desde la pasada medianoche se ha levantado el cierre perimetral municipal y se permite abrir a la Resuelve

En cuanto a locales hosteleros, se prohíbe el consumo en barra en todos los bares, restaurantes y resto de establecimientos de hostelería. El aforo en espacios cerrados dedicados a esta actividad se reducirá a un tercio del máximo que tuvieran establecido previamente con distancia de al menos 2 metros entre las sillas de diferentes mesas, manteniendo en todo momento el resto de medidas establecidas en la normativa en cuanto a distancias de seguridad y agrupación.

Queda expresamente prohibido añadir elementos móviles o fijos anejos a la barra que puedan ampliar la superficie de esta y permitir su uso como mesa.

Los espacios al aire libre de bares y restaurantes reducirán su aforo al 50% del número máximo de mesas que tuvieran establecido previamente con distancia de al menos 2 metros entre las sillas de diferentes mesas, manteniendo en todo momento el resto de medidas establecidas en la normativa en cuanto a distancias de seguridad y agrupación.

Se entiende por espacio al aire libre todo espacio no cubierto o todo espacio que estando cubierto esté rodeado lateralmente por un máximo de dos paredes, muros o paramentos.

Para garantizar el control de aforo y el mantenimiento de las medidas de seguridad, en establecimientos de hostelería queda prohibido el servicio a las personas usuarias que no se encuentren sentadas en las mesas dispuestas a tal efecto, tanto en espacios al aire libre como cerrados, así como el consumo de comidas y bebidas fuera de estas.

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Se precisa, igualmente, que los locales de juego y apuestas, bingos y establecimientos similares permanecerán cerrados.

CENTROS SOCIOSANITARIOS

Cone stas nuevas medidas, se mantiene la suspensión cautelar de la actividad en los Centros de Día de personas mayores y personas con discapacidad y de servicios de estancias diurnas de personas mayores; así como de las visitas sociales en residencias de mayores, centros para personas con discapacidad grave, viviendas tuteladas de mayores y centros residenciales sociosanitarios.

En velatorios y comitivas fúnebres, habrá un máximo de seis personas; se restringe el número de personas en eventos como bodas y bautizos y se limita la permanencia de personas en lugares de culto en espacios cerrados mediante la fijación del 40% de aforo.

No habrá actividades colectivas de ocio, tales como espectáculos, eventos culturales, deportivos, taurinos u otros que puedan suponer la concentración de personas y no estén reflejados en los otros supuestos contenidos en estas medidas. Podrán celebrarse estas actividades cuando estén promovidas por asociaciones, peñas y particulares siempre que no se supere el grupo máximo de 6 personas.

Las competiciones de ámbito federativo podrán celebrarse sin la presencia de público, y conforme a los protocolos en vigencia en cada caso, si bien en ningún caso se podrá autorizar el traslado de estos eventos a otras localidades que se encuentren en un nivel inferior de medidas de restricción.

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