mi茅rcoles, 1 mayo, 2024

Condenan a 9 a帽os de prisi贸n al acusado de abusar y agredir sexualmente a dos menores en Argamasilla de Alba

La Audiencia Provincial de Ciudad Real ha condenado a nueve a帽os y medio de prisi贸n al acusado de abusar y agredir sexualmente a dos menores –de 12 y 14 a帽os en el momento de los hechos– en Argamasilla de Alba. As铆, la sala lo ha encontrado por unanimidad culpable de un delito continuado de agresi贸n sexual a menor de 16 en la persona de C.M.L.A, por el cual le condena a una pena de siete a帽os y medio de c谩rcel, e igualmente por un delito de agresi贸n sexual a menor de 16 en la persona de A.L.A, correspondi茅ndole una pena de dos a帽os de prisi贸n.

Posteriormente, C.M.L.A, fue agredida varias veces por el acusado, la agarr贸 y la tir贸 al suelo para realizarle diversos tocamientos por debajo de la ropa, en estas ocasiones, seg煤n el escrito de acusaci贸n, estaba presente su prima. Adem谩s, en el 煤ltimo episodio denunciado se encontraba tambi茅n un amigo de ambas, pero a煤n as铆 la menor no consigui贸 zafarse del acusado, ni siquiera con la ayuda de su prima y de su amigo, hasta que dijeron al procesado que iban a avisar a la Guardia Civil.

La sentencia ha considerado fundamental el relato de los hechos por parte de las dos menores y que queda corroborado por lo declarado por el amigo de ambas que fue testigo de uno de los episodios. Y no ha tenido en cuenta las alegaciones del acusado sobre los posibles efectos del alcohol y las drogas sobre su capacidad para dilucidar que las j贸venes eran menores.

As铆, adem谩s de la pena de prisi贸n, el acusado tendr谩 la prohibici贸n de acercarse a la v铆ctima o a su domicilio o lugar de trabajo o estudio a una distancia inferior a 300 metros, as铆 como de comunicarse con ella por cualquier medio o procedimiento durante 10 y 4 a帽os, respectivamente. Se a帽ade a estas la medida de libertad vigilada con el contenido de prohibici贸n de acercarse a la v铆ctima a una distancia inferior a 300 metros y de comunicarse con ella por cualquier medio o procedimiento durante 5 a帽os, adem谩s de someterse a programas formativos de educaci贸n sexual, en ambos casos.

Finalmente tendr谩 que indemnizar C.M.L.A. con 6.000 euros y a A.L.A. en la suma de 2.000 euros.

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