martes, 7 mayo, 2024

La Junta Electoral pide a Unidas Podemos retirar la campa帽a ‘En C-LM los socialistas de coraz贸n votan a Podemos’

Por considerar que induce a la "confusi贸n"

La Junta Electoral de Castilla-La Mancha ha dado 24 horas a Unidas Podemos para que retire de inmediato la campa帽a electoral ‘En Castilla-La Mancha los socialistas de coraz贸n votan Podemos’ por considerar que induce a la 芦confusi贸n禄, al tiempo que ha abierto un expediente sancionador a dicha coalici贸n por estimar que los hechos podr铆an ser constitutivos de una infracci贸n electoral.

La Junta Electoral dice que dicha propaganda, constituida por carteles electorales y mensajes en los que se contienen im谩genes del candidato socialista, Emiliano Garc铆a-Page, as铆 como simbolog铆a y tipolog铆a que hacen alusi贸n precisamente a los lemas y s铆mbolos del PSOE, 芦supone una comparaci贸n que pudiera considerarse contraria a las m谩s elementales normas de la publicidad comparativa y desleal en materia electoral禄.

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Alega adem谩s que dicha campa帽a de Unidas Podemos se est谩 desarrollando en espacios reservados a la fijaci贸n de carteles y en espacios p煤blicos, 芦intentando apropiarse de los s铆mbolos y lemas de dicho partido –el PSOE– para reclamar el voto禄.

芦Esta Junta considera que dicha campa帽a tiene visos de constituir una infracci贸n patente de las normas y principios m谩s elementales en materia de propaganda electoral禄, de ah铆 que haya acordado su cese 芦inmediato禄 por 芦inducir a la confusi贸n, que podr铆a calificarse de desleal禄.

Por ello ha requerido a Unidas Podemos la 芦retirada inmediata禄 de los carteles colocados en los espacios p煤blicos concedi茅ndole para acreditarlo un plazo de 24 horas. Transcurrido este tiempo la Junta Electoral tomar谩 las medidas oportunas para ejecutar esta decisi贸n de oficio sin perjuicio de las consecuencias de la desobediencia a dicho requerimiento.

De igual modo, ha acordado abrir un expediente sancionador a la coalici贸n por estimar que los hechos podr铆an ser constitutivos de una infracci贸n electoral de conformidad con lo dispuesto en el art铆culo 64 de la Ley Junta Electoral de Castilla-La Mancha de Procedimiento Administrativo Com煤n 芦por la campa帽a de publicidad il铆cita desarrollada en la que se utilizan de forma comparativa, enga帽osa o induciendo a error sobre los mensajes, s铆mbolos e im谩genes de los lideres禄 del PSOE.

As铆 las cosas, la Junta Electoral ofrece a la coalici贸n la posibilidad de reconocimiento voluntario de la responsabilidad con las consecuencias correspondientes. En caso de no hacerlo, le concede un plazo de 10 d铆as h谩biles desde la notificaci贸n de este acuerdo, para aportar cuantas alegaciones, documentos, o informaciones estime convenientes a su defensa; y en su caso, para proponer la pr谩ctica de prueba y que en caso de no hacerse alegaciones podr铆a estimarse el acuerdo propuesta de resoluci贸n.

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