La Audiencia Provincial de Ciudad Real ha ratificado la prisi贸n provisional comunicada y sin fianza para el hombre de 77 a帽os que dispar贸 con una escopeta y dio muerte a otro de 35 a帽os que penetr贸 para robar en su finca, en la zona de La Atalaya de Ciudad Real.
En el auto, de 19 de agosto de 2021, dictado tras una vistilla celebrada este jueves con la asistencia de las partes y el acusado, los magistrados resuelven el recurso de apelaci贸n de la defensa concluyendo que existen claros indicios de delito, 芦al menos de delito de homicidio doloso, sin descartar otras calificaciones como la de asesinato禄.
芦El mero allanamiento de una propiedad no justifica en nuestro derecho una respuesta tan desmedida禄, subraya.
POSIBLES CIRCUNSTANCIAS
芦En el recurso se incide especialmente sobre la posible concurrencia de circunstancias como la leg铆tima defensa o el miedo insuperable, pero un an谩lisis de las mismas al nivel indiciario que exige esta resoluci贸n, dado el momento procesal, no permite su apreciaci贸n con una incidencia tal en los hechos que permita considerarlas como un factor determinante en el an谩lisis de los indicios para determinar la procedencia de la medida禄, se帽alan los magistrados.
En este sentido aprecian que ni de la investigaci贸n policial realizada ni de la declaraci贸n que el propio investigado realiz贸 ante la juez de Instrucci贸n se desprende el que puedan concurrir tales circunstancias.
芦El mero allanamiento de una propiedad no justifica en nuestro derecho una respuesta tan desmedida como la que realiz贸 el acusado, disparando sobre una persona que no parece que se hubiera percatado de su presencia, al encontrarse agachado con una motosierra en la mano, caus谩ndole la muerte con dos impactos que contradicen claramente la afirmaci贸n del investigado de que los dos primeros disparos no los dirigi贸 a la persona y solo s铆 el tercero tras entrar nuevamente en su vivienda para recargar la escopeta禄, reza el auto.
芦La calificaci贸n que se hace hoy por las acusaciones de homicidio doloso conlleva una pena que puede ir de diez a quince a帽os, estando, por tanto, ante una pena especialmente grave en consonancia con la gravedad de lo acaecido禄, enfatiza.
En cuanto a la finalidad de la medida y si cabe lograr la misma por otros medios, la sala se帽ala que el auto dictado es 芦plenamente compartido por este tribunal禄.
芦En 茅l se hace un correcto an谩lisis de los indicios de criminalidad existentes, as铆 como de las finalidades que se persiguen con la medida, que no son otras que evitar que el investigado pueda actuar contra bienes jur铆dicos de la v铆ctima, que pudieran concretarse en intentos de despatrimonializaci贸n a fin de eludir posibles responsabilidades civiles, que puede presumirse elevadas禄, a帽ade.
RIESGO DE FUGA
Tambi茅n apunta que se pretende evitar una alteraci贸n u ocultaci贸n de los medios de prueba y tratar de asegurar la presencia del investigado en la causa, evitando el riesgo de fuga.
Para la Audiencia, el fundamento b谩sico de ese riesgo de fuga est谩 en la gravedad de los hechos y posibilidad de pena a imponer, que adem谩s se ve facilitada por el hecho de que se trata de una persona 芦sin especiales ataduras, m谩s all谩 de que sea una persona de Ciudad Real que ha vivido toda su vida en esta ciudad禄.
芦Aunque se trata de una persona mayor, no se observa ninguna limitaci贸n ni f铆sica ni mental que pudiera imposibilitar la huida, como tampoco especiales ataduras derivadas de su situaci贸n profesional, est谩 jubilado, o familiar禄, advierte la sala.
A este respecto los magistrados 芦no pueden olvidar禄 que el proceso se encuentra en los primeros momentos de la instrucci贸n, 芦lo que implica una situaci贸n de especial importancia para la investigaci贸n de los hechos, de ah铆 la necesidad de garantizar una eficaz instrucci贸n que permita conocer clara y plenamente los hechos y todas sus circunstancias, y ello impone el mantener en este momento la prisi贸n provisional, 煤nica forma de garantizar adecuadamente esos fines de la instrucci贸n禄.