domingo, 5 mayo, 2024

Este martes se inicia el plazo de presentaci贸n de solicitudes de ayudas a la contrataci贸n de personas con discapacidad

El Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) publica este lunes el extracto del decreto por el que se regula la concesi贸n directa de subvenciones para la contrataci贸n de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo regional y cuyo plazo de presentaci贸n comenzar谩 el d铆a siguiente al de su publicaci贸n y finalizar谩 el 15 de noviembre de 2020.

El presente decreto tiene por objeto regular la concesi贸n directa de subvenciones destinadas a fomentar la contrataci贸n indefinida y la transformaci贸n en indefinidos de contratos temporales de personas trabajadoras con discapacidad, y a adaptar sus puestos de trabajo o dotaci贸n de equipos de protecci贸n personal y eliminaci贸n de barreras u obst谩culos que impidan o dificulten su trabajo.

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Tambi茅n pretende favorecer el tr谩nsito del empleo protegido desde los enclaves laborales al mercado ordinario de trabajo mediante la contrataci贸n indefinida de personas trabajadoras con discapacidad que presentan especiales dificultades para el acceso al mismo.

Para ello, el decreto prev茅 tres l铆neas de ayudas: L铆nea I para la contrataci贸n inicial indefinida y para la transformaci贸n en contratos por tiempo indefinido de contratos temporales de personas trabajadoras con discapacidad.

En esta l铆nea se incluyen subvenciones a las contrataciones iniciales indefinidas de personas con discapacidad, que cumplan con los requisitos previstos en el decreto; subvenciones a las transformaciones en indefinidos de contratos temporales de fomento de empleo de personas con discapacidad, en contratos por tiempo indefinido de los contratos formativos, de los contratos de relevo y de los contratos de duraci贸n determinada de personas trabajadoras en procesos de inserci贸n en empresas de inserci贸n, celebrados en todos los casos con trabajadores que, en el momento de la transformaci贸n, ostenten la condici贸n de personas con discapacidad.

La l铆nea II de ayudas es para la adaptaci贸n de los puestos de trabajo de personas trabajadoras con discapacidad y la l铆nea II para la contrataci贸n inicial indefinida de personas trabajadoras con discapacidad que presentan especiales dificultades para el acceso al mercado ordinario de trabajo procedentes de enclaves laborales.

En cuanto al presupuesto de las ayudas, la l铆nea I tendr谩 una subvenci贸n de 5.500 euros si la persona contratada es hombre y 6.000 euros si es mujer, por cada contrato celebrado por tiempo indefinido y a jornada completa, que se podr谩 incrementar en 1.000 euros si el contrato por tiempo indefinido para el que se solicita la ayuda sea el primer contrato por tiempo indefinido suscrito por la entidad solicitante.

Tambi茅n se podr谩 incrementar si la persona con discapacidad con la que se suscribe el contrato se encuentre en alguna de las siguientes circunstancias: Par谩lisis cerebral, enfermedad mental o discapacidad intelectual, con un grado reconocido igual o superior al 33%, tiene discapacidad f铆sica o sensorial, con un grado reconocido igual o superior al 65% o su edad sea igual o mayor de 45 a帽os.

En cuanto a la l铆nea II, consistir谩 en una subvenci贸n, como m谩ximo, de 950 euros por persona trabajadora con discapacidad contratada; mientras que la l铆nea III tendr谩 una cuant铆a de 8.000 euros si la persona contratada es hombre y 8.500 euros si es mujer, por cada contrato celebrado por tiempo indefinido y a jornada completa.

Las solicitudes se presentar谩n de forma telem谩tica con firma electr贸nica, a trav茅s de los formularios que se incluir谩n en la sede electr贸nica de la Administraci贸n de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha: (https://www.jccm.es/sede/tramite/K2D).

En los supuestos de las ayudas reguladas en la l铆nea II, cuando sea el trabajador con discapacidad quien presente la solicitud, podr谩 hacerlo de forma telem谩tica, con firma electr贸nica, a trav茅s del formulario incluido en la sede electr贸nica de la Administraci贸n de la Junta (https://www.jccm.es/sede/tramite/K2D), o en el registro de la Consejer铆a competente en materia de empleo, en sus Delegaciones Provinciales o en cualquiera de los registros en base a lo establecido en el art铆culo 14.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

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