La concejal铆a responsable del Cementerio y Tanatorio Municipal inform贸 de la Orden SND/298/2020, publicada en el BOE este domingo y en la que se recoge la prohibici贸n, por parte del Ministerio de Sanidad, de velatorios en instalaciones p煤blicas o privadas, domicilios particulares y ceremonias f煤-nebres con la finalidad de evitar la propagaci贸n de posibles contagios. Se deber谩 posponer la parte civil de estas ceremonias a la finalizaci贸n del es-tado de alarma.
En el documento se permite la asistencia de un m谩ximo de tres personas, fundamentalmente familiares, para conformar la comitiva del enterramien-to o cremaci贸n del difunto, junto al responsable del oficio del culto o los ritos funerarios previstos tradicionalmente para la inhumaci贸n.
Tambi茅n se recoge en la misma orden la obligaci贸n, por parte de los servi-cios funerarios, de mantener los precios vigentes con anterioridad a la de-claraci贸n del estado de alarma el pasado 14 de marzo, para lo cual las em-presas implicadas deber谩n incluir dichas cantidades en un presupuesto de-tallado, algo que tambi茅n deber谩 realizarse con los fallecidos por coronavi-rus, a pesar de que tuvieran que ser necesarias otras actuaciones concre-tas.
Adem谩s, la medida es de car谩cter retroactivo, por lo que, en el caso de que ya se hubieran pagado determinados servicios, corresponde a la fune-raria u otra empresa similar contratada la devoluci贸n del importe de los mismos y se establece la posibilidad de disponer de un plazo de seis meses desde que finalice el estado de alarma para que los familiares soliciten el reembolso econ贸mico correspondiente.
Asimismo quedan prohibidas las labores de tanatopraxia u otras que se ejecuten por motivos de car谩cter religioso que impliquen entrar en contac-to con difuntos que hayan muerto a causa del virus. El motivo principal de estas limitaciones, tanto a familiares como a profesionales, se debe a la dificultad de garantizar las medidas de seguridad, de m谩s de un metro, ne-cesarias para impedir el contagio del virus.