Este martes se publicar谩 y entrar谩 en vigor el decreto de convocatoria de las elecciones generales del 10 de noviembre y a partir de ah铆 se pondr谩 en marcha un calendario electoral abreviado de 47 d铆as que se aplica por primera vez en Espa帽a.
En 2016, cuando se tem铆a que el bloqueo pol铆tico pudiera provocar unas terceras elecciones cuya votaci贸n pod铆a coincidir con la Navidad, el Parlamento introdujo una nueva disposici贸n en la Ley Org谩nica del R茅gimen Electoral General (LOREG) para acortar los plazos del procedimiento electoral en casos de repetici贸n de los comicios en aplicaci贸n del art铆culo 99.5 de la Constituci贸n, es decir, cuando las C谩maras se disuelven porque no ha podido salir adelante la investidura de un nuevo presidente del Gobierno.
Aquel a帽o no fue necesario estrenar el nuevo procedimiento al prosperar la segunda investidura de Mariano Rajoy, pero ahora, tres a帽os despu茅s, se va a aplicar por primera vez. Las principales novedades son que acorta el calendario hasta la jornada de votaci贸n, reduciendo el periodo electoral de 54 a 47 d铆as, y que rebaja la duraci贸n de la campa帽a y las subvenciones a la mitad.
A la espera de la publicaci贸n del decreto que pone en marcha todo el proceso electoral, 茅stas ser谩n las principales fechas del procedimiento:
— 24 de septiembre: un d铆a despu茅s de que hayan transcurrido dos meses desde la primera votaci贸n de la investidura fallida de Pedro S谩nchez (23 de julio), el Rey y la presidenta del Congreso firman el decreto de disoluci贸n de las Cortes, que ese mismo martes se publica en el Bolet铆n Oficial del Estado (BOE) y entra en vigor, aunque los plazos se contar谩n desde el d铆a siguiente.
— 25 de septiembre: se constituyen las Juntas Electorales Provinciales (JEP) y de Zona (JEZ) que van a arbitrar todo el proceso. Como se trata de una repetici贸n electoral, su composici贸n es la misma de las que funcionaron para los comicios de abril. La Junta Electoral Central (JEC), por su parte, ya complet贸 su renovaci贸n la semana pasada.
— 29 de septiembre: 煤ltimo d铆a del plazo para que los partidos, federaciones y coaliciones escriban a la Junta Electoral Central (JEC) confirmando que mantienen o cambian a sus representantes generales y a los de las candidaturas de cada una de las circunscripciones. Dos d铆as m谩s tarde, la JEC comunica a las Juntas Electorales Provinciales dichos mantenimientos y cambios (en este 煤ltimo caso, los nuevos representantes tienen que aceptar su designaci贸n).
— 29 de septiembre: el mismo plazo se da a los partidos para comunicar si desean presentarse como una coalici贸n a los comicios o mantener la alianza con la que concurrieron el 28 de abril. El l铆mite es el domingo por la noche, a las 24 horas.
— 2/7 de octubre: Los representantes de partidos, coaliciones, etc. escriben a la Junta Electoral Provincial competente confirmando que mantienen sus candidaturas, las modifican o presentan otras nuevas. Dos d铆as despu茅s, el 9 de octubre, las candidaturas presentadas se publican en el BOE.
— 14 de octubre: las Juntas Electorales Provinciales terminan de examinar las listas y proclaman las candidaturas definitivas, que se publicar谩n en el BOE un d铆a m谩s tarde, el 15 de octubre.
— 1 de noviembre: da comienzo la campa帽a electoral, que en este caso s贸lo tendr谩 una duraci贸n de ocho d铆as en lugar de los 15 habituales.
— 4 de noviembre: 煤ltimo d铆a en el que se pueden publicar sondeos electorales con intenci贸n de voto.
— 8 de noviembre: a las 24 horas de ese viernes concluye la campa帽a electoral, dando paso a la jornada de reflexi贸n del s谩bado.
— 10 de noviembre: celebraci贸n de las elecciones generales, 47 d铆as despu茅s de su convocatoria.
Una vez proclamados los resultados y resueltos los recursos, se proceder谩 a constituir las nuevas c谩maras para la que ser谩 la decimocuarta legislatura. La fecha concreta la determinar谩 el decreto de convocatoria, pero se calcula para principios del mes de diciembre, antes del D铆a de la Constituci贸n.