miércoles, 27 noviembre, 2024

Asaja Ciudad Real ve «complicado» aplicar el registro de la jornada laboral en el campo

La Asociación Agraria Jóvenes Agricultores (Asaja) Ciudad Real ha señalado que el Real decreto que obliga al registro de la jornada laboral en las empresas está generando incertidumbre entre los agricultores y ganaderos porque «es complicado aplicarlo en el campo».

En un comunicado, Asaja ha informado de que hay muchas dudas en el sector en torno a esta medida y ha recomendado la elaboración de un desarrollo reglamentario específico que recoja las situaciones especiales que se dan en la agricultura y ganadería.

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Mientras llega esa adaptación de la ley al sector, la organización agraria ha aconsejado a los agricultores y ganaderos tener un libro de registro de todos los empleados que contemple la hora de entrada y salida, firmada por cada trabajador.

Asaja, de hecho, ha elaborado un modelo de registro para orientar a las empresas del sector a cumplir con esta normativa hasta que el desarrollo reglamentario introduzca un régimen particular para ellas. Uno de los objetivos que persigue esta nueva normativa es el cómputo de horas extra.

En este sentido, la organización agraria ha recordado que el Convenio Colectivo del Sector Agrario de la provincia de Ciudad Real, en su artículo 10, establece que la jornada laboral sea de 1.794 horas de trabajo efectivo al año, que la jornada media de referencia sea de 40 horas semanales y, como máximo, 9 horas al día y 50 horas semanales, salvo jornadas especiales reguladas en el Real Decreto 1561/95.

También, estipula que el exceso sobre la jornada media de referencia se podrá acumular en vacaciones por acuerdo entre las partes en jornadas completas, sin que coincidan con los trabajos punta de la explotación.

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Asimismo, Asaja Ciudad Real ha lamentado que esta medida suponga «cargar de más burocracia al campo en lugar de facilitar los trámites». En cualquier caso, la organización ha trasladado un mensaje de tranquilidad al sector, puesto que ya han solicitado al Ministerio que se adapte esta norma lo mejor posible a cada explotación y a cada territorio.

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