domingo, 17 noviembre, 2024

La Carrasca Ruli de Mota del Cuervo declarada árbol singular

El Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) ha publicado la Resolución de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, de declaración como árbol singular de la Carrasca Gorda o Encina Ruli ubicada en el término municipal de Mota del Cuervo (Cuenca).

A mediados de febrero de 2018 este árbol sufrió los efectos de la climatología adversa de esos días. Primero una nevada importante provocó la caída de dos grandes ramas principales y posteriormente un fuerte vendaval motivó la caída de otra rama de igual o mayor calibre. Únicamente quedó en pie una rama principal, aunque con crecimiento suficientemente tendido para hacer peligrar su estabilidad.

No obstante, tras el incidente, la encina aún conserva actualmente características singulares especialmente de edad, longevidad e interés cultural que la hacen merecedora de su protección y conservación.

El 23 de abril de 2018, se emitió desde la Dirección Provincial de Cuenca, un informe sobre la declaración como árbol singular de la Carrasca de Ruli, en atención especialmente a su interés cultural por ser este árbol, una referencia para las localidades del entorno.

De este modo, la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural resolvió la declaración de este especie en atención a sus valores biológicos especialmente representativos y en aras de asegurar su integridad así como para favorecer su estado vegetativo y recuperar el vigor de las partes caídas de este ejemplar, y teniendo en cuenta que este árbol requiere con carácter de urgencia tratamientospara su conservación.

Este ejemplar se inscribirá en el Inventario de Árboles y Ejemplares Singulares de Castilla-La Mancha con la referencia AS-CU-007. El acceso del público al lugar en el que se ubica el árbol requerirá autorización del propietario.

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Se faculta a la Dirección General de Política Forestal y Espacios Naturales para, con el consentimiento del propietario, realizar aquellas labores de mantenimiento y conservación que se consideren necesarias para la adecuada conservación del árbol.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición ante la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, con sede en Albacete, en el plazo de dos meses.

ALCORNOQUE EN OROPESA

Asimismo, según otra resolución de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, se declara como árbol singular un alcornoque ubicado en el Monte de Utilidad Pública número 56 Dehesón del Encinar del término municipal de Oropesa (Toledo).

En base a sus circunstancias excepcionales, la declaración de este ejemplar como singular conllevará su inclusión en el Inventario de Árboles y Ejemplares Singulares de Castilla-La Mancha con la referencia AS-TO-001.

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Se faculta a la Dirección General de Política Forestal y Espacios Naturales para realizar aquellas labores de mantenimiento y conservación que se consideren necesarias para la adecuada conservación del árbol.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición ante la Consejería de Agricultura, en el plazo de un mes, desde el día siguiente al de su publicación o interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.

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De conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, la interposición de cualquier recurso administrativo podrá realizarse a través de medios electrónicos, salvo que se tenga obligación de relacionarse con las Administraciones Públicas por medios electrónicos a través del correspondiente enlace de la página web de la Junta de Comunidades de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en el apartado cumplimentarsolicitud: https://www.jccm.es/sede/ventanilla/electronica/KGW

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