jueves, 21 noviembre, 2024

El Supremo se coordinará con los TSJ para responder a los recursos contra las restricciones

La Sección Cuarta de la Sala III será la que se ocupe de estos recursos de casación

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo (TS) ha llegado este miércoles a una serie de acuerdos para aplicar la reforma legal que le permitirá conocer los recursos planteados contra las restricciones sanitarias una vez expirado el estado de alarma, entre ellos coordinarse con las salas homólogas de los Tribunales Superiores de Justicia (TSJ) para respetar los plazos en los que deberá resolver, ahora más cortos.

Según ha informado el TS, el presidente de la Sala III del Tribunal Supremo, César Tolosa, ha celebrado una reunión con los cuatro presidentes de sección de la misma sala para preparar la aplicación del decreto-ley aprobado el martes por el Gobierno, que permitirá que las comunidades autónomas y la autoridad estatal puedan recurrir cuando los TSJ y la Audiencia Nacional, respectivamente, se nieguen a ratificar las medidas restrictivas para luchar contra el coronavirus.

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El decreto-ley entrará en vigor el 9 de mayo, mismo día que decae el estado de alarma, con el fin de que el TS pueda «unificar doctrina» y evitar el escenario que se abrió después del primer estado de alarma, cuando quedó al criterio de cada juez la decisión de autorizar o rechazar las medidas sanitarias adoptadas por los ejecutivos autonómicos, dando lugar a dictámenes contradictorios, según explicó la vicepresidenta primera, Carmen Calvo, tras el Consejo de Ministros.

Entre los acuerdos alcanzados este miércoles, destaca el de establecer un canal de contacto entre los presidentes de la Sala III del Supremo y de las salas de lo contencioso-administrativo de los TSJ -ya existente para otros asuntos-, con el objetivo de coordinarse para cumplir con los plazos que impone el decreto-ley para resolver dichos recursos.

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La reforma legal da a estos recursos de casación un carácter preferente en su tramitación que obligará al Tribunal Supremo a pronunciarse en un plazo de al menos ocho días desde que se interpongan. Una vez presentado, se darán tres días a las partes para que hagan alegaciones y, transcurrido ese tiempo, se resolverá en los cinco días siguientes.

A ello se suma que, «cuando las circunstancias del caso lo hagan necesario y, en todo caso, cuando la demora en la resolución pueda causar perjuicios irreversibles, las partes podrán solicitar en el escrito de interposición que se habiliten los días inhábiles para la tramitación y resolución del recurso de casación», recoge el decreto-ley.

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CONSULTA AL GABINETE TÉCNICO

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TS también ha acordado solicitar un informe al Gabinete Técnico sobre la aplicación del decreto-ley que se repartirá a todos los magistrados para que realicen las aportaciones que consideren oportunas.

Además, ha determinado que será la Sección Cuarta, que estará encabezada por el presidente de la Sala III, la que se encargue de estos recursos de casación. Esta sección ya se ocupa de la materia de sanidad y ha resuelto en los últimos meses los asuntos relativos a medidas relacionadas con la COVID-19.

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