viernes, 22 noviembre, 2024

Agricultura actualiza los servicios y precios del Laboratorio Regional Agroalimentario y Ambiental de C-LM

La Consejería podrá firmar convenios con entidades asociativas u otras administraciones públicas en virtud de los cuales los precios públicos establecidos en la presente orden podrán verse reducidos en los porcentajes o cuantías que se acuerden

La Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural ha publicado una Orden por la que se establecen los precios públicos del Laboratorio Regional Agroalimentario y Ambiental de Castilla-La Mancha (Laraga).

Dado que, después de varios años desde la entrada en vigor de la Orden por la que se establecen los precios públicos del Laboratorio Regional Agroalimentario y Ambiental de Castilla-La Mancha, sin haberse actualizado la tipología de los análisis que se realizan, tanto en la parte de sanidad animal como en otros departamentos existen algunas determinaciones que ya no se realizan en el Laraga, por lo que procede su eliminación.

Es por ello que la presente norma tiene por objeto establecer el procedimiento para la prestación del servicio de análisis y fijar los precios públicos de las analíticas realizadas en el Laboratorio Regional Agroalimentario y Ambiental de Castilla-La Mancha

Una vez decidida la analítica a realizar en el Laboratorio, la persona interesada procederá al pago del precio público, aportando las muestras en la forma en que se le haya indicado, así como el documento justificativo de haber satisfecho el precio público, con el que se entenderá aceptada la prestación del servicio analítico.

La Consejería podrá firmar convenios con entidades asociativas u otras administraciones públicas en virtud de los cuales los precios públicos establecidos en la presente orden podrán verse reducidos en los porcentajes o cuantías que se acuerden. Podrán regularse mediante convenio las analíticas en las que quede debidamente acreditado, a juicio del titular de la Consejería, la existencia de interés público, social, benéfico o cultural.

Para el establecimiento de los precios por convenio se tendrán en cuenta las normas generales como la relevancia, interés agrario y conexión con los fines propios de la Consejería, en especial, la incidencia en la conservación del patrimonio genético de animal o vegetal regional y la promoción y calidad de productos agroalimentarios regionales, así como el interés estratégico regional o la conservación del medio natural.

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