lunes, 11 noviembre, 2024

CCAA deber谩n informar sobre la situaci贸n de sus residencias antes del 8 de abril

Toda esta informaci贸n estar谩 disponible en un anexo en la sede electr贸nica del Ministerio de Sanidad

Las autoridades competentes de las comunidades aut贸nomas deber谩n remitir al Ministerio de Sanidad la informaci贸n pedida por el Ejecutivo central sobre la situaci贸n de los centros de servicios sociales de car谩cter residencial existentes en su territorio.

Dicha informaci贸n ser谩 remitida por primera vez antes del d铆a 8 de abril de 2020 y ser谩 actualizada desde entonces cada martes y viernes antes de las 21.00 horas, seg煤n la modificaci贸n de la Orden SND/275/2020, de 23 de marzo, por la que se establecen medidas complementarias de car谩cter organizativo, as铆 como de suministro de informaci贸n en el 谩mbito de estos centros en relaci贸n con la gesti贸n de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, y que aparece publicada en el BOE.

La informaci贸n que deber谩n remitir las comunidades sobre las residencias de mayores ser谩 la siguiente: n煤mero total de residencias de mayores en la comunidad; n煤mero total de residentes; n煤mero de fallecimientos desde el 8 de marzo; n煤mero de fallecimientos por COVID-19 confirmados desde el 8 de marzo; y n煤mero de fallecimientos con sintomatolog铆a compatible con COVID-19 (no confirmados) desde el 8 demarzo.

Asimismo, tendr谩n que remitir informaci贸n sobre: el n煤mero de residencias con expediente de intervenci贸n por COVID-19 abierto desde el 24 de marzo; n煤mero total de residentes en residencias con expediente de intervenci贸n por COVID-19 desde el 24 de marzo; n煤mero total de trabajadores en activo en residencias con expediente de intervenci贸n por COVID-19 desde el 24 de marzo; n煤mero de fallecimientos desde el 8 de marzo en residencias con expediente de intervenci贸n por COVID-19; y n煤mero de residencias con expediente de intervenci贸n abierto desde el 24 de marzo por COVID-19 y situaci贸n excepcional o an谩loga.

Igualmente, tendr谩n que informar sobre: el n煤mero de residentes sin s铆ntomas y sin contacto en residencias con expediente de intervenci贸n por COVID-19 desde el 24 de marzo; el n煤mero de residentes sin s铆ntomas en aislamiento preventivo por contacto; n煤mero de residentes con s铆ntomas compatibles con COVID-19; y n煤mero de residentes confirmados de COVID-19.

Toda esta informaci贸n estar谩 disponible en un anexo en la sede electr贸nica del Ministerio de Sanidad.

Seg煤n esta modificaci贸n, realizada a propuesta del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, a estos efectos, cada comunidad aut贸noma establecer谩 la forma y plazo en que los titulares de los centros residenciales objeto de esta orden deben remitir la informaci贸n que no se encuentre en poder de la comunidad aut贸noma.

Por otro lado, la nueva orden establece que la autoridad competente de la comunidad aut贸noma deber谩 priorizar la identificaci贸n e investigaci贸n epidemiol贸gica de los casos por COVID-19 relacionados con residentes, trabajadores o visitantes de los centros de servicios sociales de car谩cter residencial.

Torre de Gazate Air茅n

En particular, se deber谩 priorizar la realizaci贸n de pruebas diagn贸sticas de los residentes y del personal que presta servicio en los mismos, as铆 como la disponibilidad de equipos de protecci贸n individual para ambos colectivos, al menos cuando en los centros residenciales se detecten residentes o bien con s铆ntomas compatibles con el COVID-19 o confirmados de COVID-19, y sin perjuicio del car谩cter tambi茅n prioritario a estos efectos de los pacientes que se encuentran en centros sanitarios y de los profesionales que los atienden.

INTERVENCI脫N DE CENTROS

Tambi茅n se faculta a la autoridad competente de la comunidad aut贸noma en funci贸n de la situaci贸n epid茅mica y asistencial de cada centro residencial o territorio concreto, y siempre atendiendo a principios de necesidad y de proporcionalidad, a intervenir los centros residenciales objeto de esta orden.

Las medidas de intervenci贸n podr谩n conllevar el alta, la baja, reubicaci贸n y traslado de los residentes a otros centros residenciales, con independencia de su car谩cter p煤blico o privado y la adopci贸n de las medidas oportunas para la puesta en marcha de nuevos centros residenciales y la modificaci贸n de la capacidad u organizaci贸n de los existentes.

Adem谩s, podr谩 conllevar, en los casos en los que un centro residencial cuente con pacientes sin s铆ntomas pero en aislamiento preventivo por contacto estrecho con caso posible o confirmado de COVID-19, con s铆ntomas compatibles con el COVID-19 o confirmados de COVID-19, la designaci贸n de un empleado p煤blico para dirigir y coordinar la actividad asistencial de estos centros.

Este empleado p煤blico garantizar谩 que se han adoptado las medidas establecidas sobre la ubicaci贸n y aislamiento de pacientes, limpieza, coordinaci贸n para el diagn贸stico, seguimiento y, en su caso, derivaci贸n de los residentes.

El expediente que se abra al efecto por parte de la autoridad competente que ha ordenado la intervenci贸n incluir谩 un informe sobre la situaci贸n inicial, el detalle de la intervenci贸n realizada y la situaci贸n final una vez realizada esta.

Lokinn

Por 煤ltimo, la intervenci贸n de residencias podr谩 conllevar tambi茅n la modificaci贸n del uso de los centros para su utilizaci贸n como espacios para uso sanitario. Esta actuaci贸n ser谩 especialmente de aplicaci贸n en los casos en los que el centro residencial cuente con pacientes confirmados de COVID-19.

La nueva orden tambi茅n recoge que los empleados p煤blicos que presten servicios en los centros del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) deber谩n desempe帽ar las tareas necesarias que temporalmente, por causa de la crisis sanitaria, les sean encomendadas por las comunidades aut贸nomas solicitantes o por el Instituto Nacional de Gesti贸n Sanitaria (INGESA).

Advertisement
Noticias Relacionadas

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aqu铆