viernes, 22 noviembre, 2024

El juzgado concede más tiempo para pagar por el aeropuerto de Ciudad Real

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real ha estimado la solicitud de la adjudicataria provisional del Aeropuerto de Ciudad Real –CR International Airport SL(CRIA)– y le concede una segunda y última prórroga para que pueda llevar a cabo el pago del precio de compra de la infraestructura aeroportuaria y la formalización definitiva de la escritura pública de compraventa, estableciendo como fecha límite para ello el día 19 de julio de 2018.

Esta segunda y última prórroga, que llega después de que el pasado 20 de abril no pudiera hacer frente al pago completo de la infraestructura, implica para CRIA continuar con la obligación de abonar los gastos de mantenimiento, seguridad, limpieza y personal del aeropuerto, incluidos los del centro de visitantes, de los meses de mayo, junio y julio de 2018, que ascienden a 240.000 euros en total.

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Asimismo, y según el auto, recogido por Europa Press, se acepta la propuesta que hizo CRIA de que se impusiera una cláusula penal de 500.000 euros para el supuesto de que no pudiera cumplir con el abono total del precio de la infraestructura, y la correspondiente firma de la escritura, en el plazo concedido por el juzgado como ocurrió en abril después de que un fondo de inversión británico se echara atrás.

Estas condiciones económicas suman un total de 740.000 euros que CR International Airport SL deberá asegurar de forma preventiva, según establece el magistrado Carmelo Ordoñez. aportando al juzgado reconocimiento de deuda notarial en el plazo de 5 días.

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Esta prórroga, según el citado auto, se ha concedido después de que ninguna de las alegaciones hechas por las partes personadas en el procedimiento –Administración concursal, empresa concursada y todos los acreedores personados– se opusiera a la misma, salvo las puntualizaciones de un acreedor.

MODIFICACIÓN PARCIAL DEL PLAN

El auto resuelve, además, sobre la modificación parcial del plan de liquidación que había propuesto el magistrado, una vez recibidas las alegaciones hechas por la empresa concursada y la Administración Concursal, por si CRIA no cumpliera su compromiso y fuera necesaria la reanudación «de un nuevo y último procedimiento» de venta directa del aeropuerto.

En este sentido, se recoge que esa posible reanudación de un procedimiento de venta directa de la totalidad de la unidad productiva aeroportuaria se iniciaría a las 9 horas del 20 de julio de 2018 y finalizaría a las 14 horas del 16 de agosto de 2018 –quedando habilitados como días hábiles del 1 al 16 de agosto–, ya que el plazo para que CRIA pague y escriture el aeropuerto acaba a las 24 horas del 19 de julio.

Si se inicia este procedimiento, en ese plazo cualquier tercero interesado en la compra del aeropuerto podrá realizar oferta para su adquisición, acompañada de un plan de viabilidad, presentándolas en el juzgado en sobre cerrado y dirigido al magistrado del procedimiento concursal, debiéndose personar el ofertante con escrito firmado por abogado y procurador, ya que «el juzgado no aceptará ofertas que no cumplan dichos requisitos, y en las que no conste en el mismo momento de la personación, la consignación del 10 % de la cantidad que se ofrezca, o aval que será ejecutado por el Juzgado en el plazo de 24 horas».

Solo una vez presentada en debida forma la oferta, que deberá partir del precio mínimo de venta estipulado en 56,2 millones de euros, por resolución judicial se tendrá por ofertante a ese tercero interesado, y a partir de ese momento, «y no antes», se podrá revisar por el tercero toda la documentación que precise del concurso.

Finalizado el plazo de presentación de ofertas, el juzgado dará traslado a la Administración Concursal de las ofertas de compra directa para que el día 3 de septiembre de 2018 informe sobre dichas ofertas y, si no se presenta ninguna válida, «antes de la adopción cualquier decisión sobre el fondo del concurso se oirá a la adjudicataria provisional CR International Airport SL por plazo de dos días por si siguiendo interesada hubiere obtenido finalmente la financiación suficiente, dándose traslado a las partes personadas para que hagan las alegaciones oportunas en el plazo de 5 días».

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En caso de que se hubieren presentado 2 o más ofertas válidas y distintas, serán citados dichos ofertantes y la Administración Concursal a una vistilla que se celebrará el 6 de septiembre de 2018 a las 10 de la mañana, a fin de que cualquiera de dichos ofertantes pueda mejorar el resto de las pujas.

CRIA PODRÍA VOLVER A CONCURRIR

En el caso de que CR International Aiport SL no pudiera cumplir con las obligaciones marcadas antes de que concluya el plazo de esta segunda prórroga, no quedará excluida del nuevo proceso de compra, sino que podrá concurrir a dicha vistilla y por tanto podrá participar en el nuevo proceso de venta, «si y solo si», iguala económicamente al menos a la mayor de las ofertas y consigna el 10 por ciento del precio ofertado y, «si y solo si», a esa fecha estuviera al día en cuanto al pago de los gastos de mantenimiento de la infraestructura y de las cantidades que adeude a la masa del concurso, incluyendo los 740.000 euros antes citados.

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Para el caso de que CR International Airport SL cumpliera estas dos condiciones, se podría computar, en su caso, y tener en cuenta lo entregado a cuenta del precio el 5 por ciento del total de la cantidad ofrecida cuando resultó adjudicataria provisional en el año 2016.

EL MEJOR OFERTANTE, ANTES DEL 12 DE SEPTIEMBRE

El juez Carmelo Ordóñez establece que, una vez celebrada la vistilla y antes del 12 de septiembre de 2018, se dictará resolución por parte del Magistrado proclamando al mejor ofertante, que deberá consignar, en el plazo de 24 horas, el 10 % de la cantidad finalmente ofrecida en la vistilla.

A partir de ese momento y en un plazo máximo de 9 días, y en todo caso antes del 21 de septiembre de 2018, Administración Concursal y ofertante deberán formalizar la firma de la escritura de compraventa, momento en el que, para que se pueda firmar la escritura, deberá estar pagada la totalidad del precio ofertado, hasta completar el 100 por cien.

Cualquiera de los ofertantes perderá las cantidades que haya consignado para ser postor si retirase su oferta de forma injustificada en cualquier momento antes de la celebración de la vistilla señalada para el día 6 de septiembre de 2018, o antes de la firma de la escritura notarial.

Finalmente, el auto recuerda que el comprador final lo será en condición de promotor del aeropuerto, con todas las consecuencias legales que deberá cumplir como promotor, además de que una vez firmada la escritura notarial, podrá ser inscrita en el registro de la propiedad y la compradora presentará una copia de la escritura en el Juzgado con el fin de que se dicte auto de levantamiento de cargas y gravámenes.

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