El Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) publica una Orden de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes por la que se convocan plazas de becarios colaboradores en la Red de Residencias Escolares Públicas de Castilla-La Mancha para el curso 2017/2018 y se regulan las condiciones para la obtención y el ejercicio de dichas plazas, cuyo plazo de solicitud comienza este miércoles, 8 de noviembre, y se prolongará durante 10 días hábiles.
Según se indica en dicha orden, podrá ser beneficiario de plaza de becario colaborador el alumnado que haya sido admitido en centro educativo sostenido con fondos públicos de Castilla-La Mancha, ubicado en la localidad en que se localiza la residencia escolar para cursar estudios superiores conducentes a títulos oficiales impartidos por la Universidad de Castilla-La Mancha, enseñanzas artísticas superiores o ciclos formativos de grado superior o que resida en una localidad que no disponga de la oferta de estudios a cursar ni exista ningún medio de transporte público que permita su desplazamiento diario al centro educativo.
Así, también lo podrá ser el alumnado que no desarrolle ningún tipo de actividad laboral mercantil o profesional o esté realizando estudios para la obtención de una segunda titulación universitaria, de estudios superiores de enseñanzas artísticas o de ciclos formativos de grado superior, así como aquellos alumnos entre los 18 y 28 años.
La solicitud deberá ser dirigida a la dirección provincial de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de la provincia en que se ubique la residencia escolar solicitada y se podrá presentar mediante el envío telemático de datos, a través de la Sede Electrónica de la Administración de la Junta; en el registro de las direcciones provinciales o de los servicios centrales de la consejería competente en materia de educación.
COMPROMISOS Y DERECHOS
Los becarios colaboradores tienen obligación de pernoctar en el centro, colaborando con el profesorado y el personal no docente responsable de las distintas unidades o dependencias residenciales y bajo la supervisión y responsabilidad del mismo en las tareas de control y atención a los residentes en las actividades de estudio, ocio o descanso.
Deben colaborar, durante una hora diaria todos los días lectivos, en el control del alumnado residente en el servicio de comedor o en las actividades complementarias y extracurriculares de la residencia, así como cumplir con las normas establecidas en el reglamento de régimen interno de la residencia y velar por el cumplimiento de las mismas en el ejercicio de su función de colaboración, poniendo en conocimiento del profesorado responsable de la unidad residencial o de la jefatura de residencia cualquier incidencia o incumplimiento por parte de los residentes.
Asimismo, tienen derecho a la residencia y manutención, siendo esta ayuda incompatible con cualquier otra concedida por organismos públicos o privados por el mismo objeto; a que sus horarios académicos sean respetados y a que no sea solicitada su colaboración en tiempo de clase o examen y derecho de acceso a todos los servicios docentes de la residencia y centro al que esté adscrita (biblioteca, servicio de medios audiovisuales e informáticos, etc.)
Los adjudicatarios deberán comunicar por escrito a la jefatura de residencia su aceptación de la condición de becario colaborador en el plazo máximo de cinco días hábiles desde el día siguiente al de la publicación de la resolución. En caso de no hacerlo, se entenderá que renuncia a dicha condición y se procederá a adjudicar la plaza al siguiente aspirante en el listado de reserva.