Los transportistas autónomos y las pequeñas y medianas empresas del sector están un paso más cerca de cobrar las ayudas aprobadas por el Gobierno para hacer frente al incremento del precio del combustible. El Ministerio de Hacienda ha publicado la regulación definitiva que permitirá comenzar a abonar estas ayudas, una vez superados los trámites exigidos por la Comisión Europea.
La orden, publicada el pasado sábado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), activa el primer paquete de ayudas directas al carburante impulsado por el Ejecutivo tras el encarecimiento del gasóleo derivado del conflicto en Oriente Medio.
Desde la Federación Nacional de Asociaciones de Transporte (Fenadismer) consideran positiva la publicación de esta normativa, al entender que pone fin a meses de espera para muchos profesionales del transporte, que han tenido que afrontar el aumento del coste del combustible provocado por las dificultades en el transporte marítimo a través del Estrecho de Ormuz.
No obstante, la organización reclama ahora que la Agencia Tributaria agilice los pagos para que el dinero llegue cuanto antes a las cuentas de los beneficiarios y evitar nuevos retrasos.
Plazos y requisitos para algunas empresas
La normativa también fija una serie de condiciones para determinados beneficiarios. Las empresas que tengan pendiente la devolución de ayudas europeas declaradas incompatibles o que se encontraran en situación concursal antes de la actual crisis dispondrán hasta el 30 de julio para presentar la declaración correspondiente si se encuentran en alguno de estos supuestos.
Además, las empresas de mayor tamaño deberán presentar una declaración responsable por vía telemática antes del 31 de diciembre a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria. En ella tendrán que acreditar su situación económica y confirmar que la ayuda recibida no supera el 70 % del sobrecoste real asumido por el incremento del precio del combustible.
