El Consejo de Ministros ha aprobado este martes hasta tres permisos por cuidado de familiares e hijos que se incluían en la Ley de Familias impulsada por el Ministerio de Derechos Sociales, y cuya tramitación en el Congreso decayó con la convocatoria de elecciones.
Uno de los permisos aprobado por el Ejecutivo consiste en cinco días al año, retribuidos, para utilizar en caso de accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que necesite reposo, tanto de un familiar de hasta segundo grado, como de un conviviente.
El segundo es un permiso «por causa de fuerza mayor», que se distribuirá por horas y podrá alcanzar en total hasta 4 días al año para cada trabajador. También estará retribuido y busca permitir a padres y madres ausentarse del trabajo cuando haya motivos familiares urgentes.
Esta medida permitiría, por ejemplo, que el trabajador pueda cogerse unas horas si su hijo «ha pasado una mala noche» y «necesita quedarse en casa con él» o si sus padres «enferman y tiene que acompañarles al médico», según ha explicado la ministra de Derechos Sociales, Ione Belarra, a través de un video publicado en sus redes sociales.
8 SEMANAS HASTA LOS 8 AÑOS
Del mismo modo, se ha aprobado un permiso parental de 8 semanas, que podrá disfrutarse de forma continua o discontinua, a tiempo completo o parcial, hasta que el menor cumpla 8 años. En este caso, según ha apuntado Belarra, el permiso servirá para los «duros procesos de adaptación» de los hijos más pequeños en septiembre en la vuelta al colegio, o en los meses de verano en el caso de padres que «no tengan donde dejar a sus hijos».
Fuentes del departamento que dirige Ione Belarra han explicado que se ha decidido aprobar estas medidas a través de un decreto, a petición del Ministerio, ya que forman parte de la trasposición de una directiva europea sobre este tema que tiene un plazo para ser aprobada.
Y, aprovechando esta coyuntura, el decreto incluye otra propuesta del equipo de Belarra, que también se incluía en la Ley de Familias, por el que las parejas de hecho tienen derecho a los 15 días de permiso por registro, igual que los matrimonios.
«CONTENTA» PERO «NO ES SUFICIENTE»
En el video publicado en sus redes, la ministra se ha mostrado «contenta» por haber logrado estos «avances» en materia de conciliación, pero ha reconocido que «no es suficiente» para muchas personas que «sienten que no ven crecer a sus hijos», que «no pasan tiempo de calidad con su pareja» o que «ven a sus padres unas pocas horas a la semana».
Según ha apuntado, implementando medidas como las ahora aprobadas se pretende que «formar una familia en España sea un poco más fácil». «Queremos tener tiempo para lo importante y estamos a tiempo de hacerlo posible», ha declarado.
Belarra ha puesto en valor la labor de su departamento para sacar adelante en esta legislatura medidas como estas que, según ha indicado, están entre las más importantes de las que se incluían en la Ley de Familias en la que el Ministerio llevaba trabajando «desde el principio de la legislatura» con el objetivo de hacer frente a la «emergencia» de conciliación que, a su juicio, sufre el país.
ADAPTACIONES DE LA JORNADA LABORAL
Desde el Ministerio de Trabajo, que lidera la vicepresidenta segunda Yolanda Díaz, han informado, por su parte, de que este decreto incluye también una ampliación de la adaptación de la jornada de las personas con dependientes a cargo para aquellas personas que acrediten deberes de cuidado respecto de los hijos mayores de 12 años, el cónyuge o pareja de hecho, familiares por consanguinidad hasta el segundo grado del trabajador, así como de otras personas dependientes cuando, estas últimas, convivan en el mismo domicilio, y que no puedan valerse por sí mismas.
«En caso de negativa de la empresa, deberá justificar esta oposición o, en su caso, una eventual solución alternativa», apunta en el comunicado el equipo de Díaz.
Del mismo modo, se ha aprobado una ampliación del derecho a la reducción de jornada para el cuidado de hijos o personas a cargo con discapacidad que sean menores de 26 años y que tengan cáncer u otra enfermedad grave, cuando el grado de discapacidad supere el 65 %, siempre que esta condición se acredite antes de cumplir los 23 años.
Además, en el caso de las familias monoparentales, el progenitor único podrá disfrutar de las ampliaciones completas de suspensión del contrato para el caso de familias con dos personas progenitoras en el supuesto de discapacidad del hijo o en nacimientos múltiples.
Desde Trabajo indican que el nuevo texto también establece garantías para que las personas trabajadoras no puedan sufrir perjuicios como consecuencia del ejercicio de estos nuevos derechos de conciliación y, en este sentido, recuerda que «el trato desfavorable dispensado a mujeres u hombres por el ejercicio de sus derechos de conciliación o corresponsabilidad de la vida familiar y laboral será constitutivo de discriminación por razón de sexo».