El presidente de la Diputaci贸n de Guadalajara, Jos茅 Luis Vega, firm贸 ayer el decreto que establece los servicios que se consideran esenciales y requieren una prestaci贸n presencial por parte de los trabajadores de la Instituci贸n, mientras sea de aplicaci贸n el RDL 10/2020 del Gobierno de Espa帽a, que establece nuevas restricciones a la movilidad para luchar contra el coronavirus COVID-19.
El decreto de Diputaci贸n, que fue previamente consultado con las representaciones sindicales de la Instituci贸n Provincial 鈥揢GT, USO, CSI-CSIF y CCOO-, fija como esenciales un total de diez servicios. Son los relacionados de forma directa con la lucha contra el COVID-19, los de reparaci贸n de aver铆as y actuaciones de mantenimiento de car谩cter urgente, los de pagos a proveedores y a trabajadores y contrataci贸n de emergencia, y los necesarios para mantener la actividad de los 贸rganos de gobierno de la Diputaci贸n.
La lista completa de servicios esenciales de la Diputaci贸n de Guadalajara en la actual fase de lucha contra la propagaci贸n del COVID-19 es la siguiente:
- Los de Intervenci贸n General y Tesorer铆a (en aquellas materias estrictamente necesarias: contrataci贸n de emergencia, pagos a proveedores, n贸mina de los empleados, asistencia a los 贸rganos de gobierno y similares).
- Los de Secretar铆a General (en lo relativo a la asistencia a los 贸rganos de gobierno).
- La atenci贸n telef贸nica mediante centralita.
- Los de la Residencia de Estudiantes de la Diputaci贸n Provincial, cuyo uso se ha cedido para alojar a los profesionales que luchan contra el coronavirus, y del Instituto de Enfermedades Neurol贸gicas.
- Los servicios de limpieza y desinfecci贸n.
- Los de inform谩tica y nuevas tecnolog铆as (en cuanto a lo indispensable para dar soporte del resto de los servicios considerados esenciales).
- Los servicios de mantenimiento, reparaci贸n de aver铆as y vigilancia de car谩cter urgente o necesario (referido al personal de los Servicios de Centros Comarcales y Mantenimiento y de Infraestructuras Provinciales).
- Los de abastecimiento y distribuci贸n de equipos de protecci贸n individual, equipamiento sanitario y similares.
- Los de vigilancia y custodia de edificios (cuya prestaci贸n se realiza por terceros no empleados de la Diputaci贸n Provincial).
- Los del Gabinete de Presidencia (para la coordinaci贸n esencial de los servicios anteriores).
El decreto establece tambi茅n que todos los trabajadores y trabajadoras de la Diputaci贸n podr谩n adscribirse de forma temporal, mientras dure la declaraci贸n del estado de alarma, a los servicios considerados esenciales, urgentes o necesarios.