Pilar Martínez Abogados urge a la tramitación y aprobación definitiva de un Plan de Uso y Gestión para el Parque Natural de Laguna de Ruidera dotado con una memoria económica que especifique partidas presupuestarias concretas para compensar a los numerosos afectados, propietarios de terrenos y titulares de derechos previamente consolidados, a los que se limitará el desarrollo de sus actividades. La letrada experta en medioambiente mantiene que el documento por el que se rige el espacio data de 1995 y es fundamental contar con unas normas acordes a la realidad actual.
Ante el gran interés suscitado y la polémica generada en la primavera de 2019, durante la fase de exposición pública del borrador, la abogada recuerda que la Junta de Castilla La Mancha se vio obligada a ampliar en dos meses el plazo, presentándose numerosas alegaciones por parte de empresarios, vecinos y administraciones locales. Pilar Martínez Abogados considera que estas observaciones y alegaciones han de ser tenidas en cuenta en el nuevo documento y espera que el reciente cambio en la dirección y gestión del Parque Natural consiga desatascar una situación que se prolonga demasiado en el tiempo.
Con fecha 17 de abril de 2019 se publicó Resolución de 12/04/2019 de la Dirección General de Política Forestal y Espacios Naturales, por la que se disponía la apertura del trámite de información pública en el expediente de aprobación del Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural de las Lagunas de Ruidera. “No nos consta la existencia, para una eficaz participación en la elaboración de la norma y para la interposición de alegaciones en período de información pública, de los estudios técnico- científicos que avalen las propuestas de uso y gestión, que se pretenden incorporar al parque, sin que hayan sido accesibles tampoco por vía telemática, como señalaba la propuesta”, sostiene la letrada.
Tampoco se ha cumplido la exigencia legal de llamamiento a los interesados, que ha de hacerse de forma directa e individualizada, indicando a cada administrado cuáles de sus propiedades, fincas o derechos se encuentran afectados por la normativa propuesta. “No es factible sustituir este trámite por un llamamiento genérico o por la publicación en el DOCM de un período, más o menos largo, para hacer alegaciones y, sin embargo, no nos consta que se haya publicado ningún tipo de relación de afectados o parcelario de propiedades, afectadas por este Plan de Uso y Gestión”, añade.
“El nuevo director tiene ante sí el reto de sacar adelante un PRUG, en que se contemplen las necesidades reales de protección y se adopten unas medidas, que sean verdaderamente necesarias y eficaces, sin que sea admisible optar por la prohibición o restricción, generalizada y amplísima, de cualquier actividad, en una importante extensión de territorio, como modo principal de protección, sin compensación de ningún tipo, aún cuando se reduce o elimina la rentabilidad y el valor de unos bienes y derechos previamente consolidados”.
En este sentido, Pilar Martínez Abogados insiste en la conveniencia de compaginar el interés público de la protección y conservación medioambiental del espacio, de alto interés ecológico, declarado Reserva de la Biosfera e incluido en Lista Ramsar de humedales, con el derecho al desarrollo socioeconómico y al disfrute del entorno, de quienes la habitan y la conservan, que deben ser compensados, escuchados y tenidos en cuenta.
Los recursos hídricos son de gran valor en el Parque Natural de Lagunas de Ruidera, que ocupa una superficie de más de 4.000 hectáreas en las provincias de Albacete y Ciudad Real. El documento que permaneció a exposición pública contenía numerosas limitaciones para el desarrollo de actividades acuáticas, polo de atracción de las numerosas visitas que concentra cada año. “Una desventaja más para todas las personas que residen y desempeñan su actividad laboral en este lugar. No se tiene en cuenta que el turismo constituye una fuente importante de ingresos para las empresas y los ayuntamientos enclavados en el espacio”.
En todo caso, Pilar Martínez Abogados recuerda que la normativa europea y la jurisprudencia del Tribunal Supremo son muy claras al respecto: es obligatorio establecer partidas económicas, destinadas a indemnizar a propietarios y titulares de derechos previamente consolidados en las zonas en las que se aplican nuevas normas de protección medioambiental, pues son ellos, los que con la aportación de sus patrimonios privados, contribuyen al interés común de la conservación medioambiental.
Finalmente, alerta sobre un problema acuciante en el medio rural: el éxodo hacia las grandes ciudades. “En muchos casos, la aleatoria y excesiva protección, sin estar basada en las necesidades reales, ni en estudios técnicos rigurosos, obliga a estas personas a abandonar sus hogares, sus negocios y sus tierras en busca de un futuro mejor lejos del campo”.