La Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural ha declarado la existencia de la plaga provocada por la avispilla del almendro en un cerca de un centenar de pueblos de la provincia de Cuenca y Albacete y ha establecido medidas fitosanitarias obligatorias para combatirla.
Los municipios afectados en la provincia de Albacete son Abengibre, Alatoz, Albacete, Albatana, Alborea, Alcadozo, Alcalá del Júcar, Almansa, Alpera, Ayna, Balazote, Balsa de Ves, Barrax, Bogarra, Bonete, Carcelén, Casas de Juan Núñez, Casas de Lázaro, Casas de Ves, Casas-Ibáñez, Caudete, Cenizate, Chinchilla de Monte-Aragón, Corral Rubio, El Bonillo y Elche de la Sierra.
También se ha incluido a Ferez, Fuensanta, Fuente-Álamo, Fuentealbilla, Golosalvo, Hellín, Higueruela, Hoya-Gonzalo, Jorquera, La Gineta, La Herrera, La Recueja, La Roda, Letur, Lezuza, Lietor, Madrigueras, Mahora, Minaya, Molinicos, Montalvos, Montealegre del Castillo Motilleja, Munera, Navas de Jorquera, Nerpio, Ontur, Paterna del Madera, Pétrola, Peña de San Pedro.
Se ven de igual modo afectados por esta plaga las localidades albaceteñas de Pozocañada, Pozohondo, Pozo-Lorente, Pozuelo, San Pedro, Socovos, Tarazona de la Mancha, Tobarra, Valdeganga, Villa de Ves, Villalgordo del Júcar, Villamalea, Villarrobledo, Villatoya, Villavaliente, Yeste.
En el caso de Cuenca afecta a Alarcón, Campillo de Altobuey, Casas de Benítez, Casas de Fernando Alonso, Casas de Guijarro, Casas de Haro, Casasimarro, Castillejo de Iniesta, El Herrumblar, El Peral, El Picazo, Enguídanos, Graja de Iniesta, Iniesta, Ledaña, Minglanilla, Mira.
También a Motilla del Palancar, La Pesquera, Pozoamargo, Pozorrubielos de la Mancha, Puebla del Salvador, Quintanar del Rey, Sisante, Tébar, Valhermoso de la Fuente, Villagarcía del Llano, Villalpardo, Villanueva de la Jara, Villarta.
MEDIDAS
Los titulares de plantaciones de almendros afectados deberán realizar tratamientos fitosanitarios adecuados en los momentos en los que la plaga sea más vulnerable y con los productos autorizados en el Registro de Productos Fitosanitarios del Ministerio de Agricultura Pesca y Alimentación.
De igual modo, deberán retirar las almendras afectadas, en los momentos agronómicamente adecuados, éstas deberán destruirse mediante quema antes de la emergencia de las nuevas avispillas. Estos frutos afectados en ningún caso se podrán utilizar para alimento del ganado, combustible de estufas u otros usos, siempre deberán ser destruidos mediante su quema.
Por parte de los agricultores, deberán extremarse las medidas de limpieza en la maquinaria de recolección, los equipos de transporte y almacenaje, evitando que queden restos de almendras que pudieran ser un foco de dispersión de la plaga.
Los almacenes receptores de almendra deberán establecer condiciones de almacenamiento y conservación adecuadas para evitar la contaminación de las partidas almacenadas, extremando la limpieza de todos los equipos implicados en el proceso productivo. En caso de partidas infectadas deberán proceder a su destrucción comunicando a la Dirección Provincial de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural correspondiente, los datos de procedencia de estas almendras.
El departamento que dirige Francisco Martínez Arroyo ha determinado que se tendrán en cuenta las especiales características de aquellas parcelas en las que existen colmenas, para que los tratamientos no coincidan con la estancia de las mismas en las zonas donde se vayan a efectuar los tratamientos fitosanitarios y la de los solicitantes de subvenciones para la operación de apicultura para mejora de la biodiversidad.
CULTIVO ECOLÓGICO
En las plantaciones de almendros ecológicos, los titulares de las mismas deberán optar por realizar tratamientos fitosanitarios en los momentos en los que la plaga sea más vulnerable utilizando productos autorizados en el Registro de Productos Fitosanitarios, del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación -en este caso la almendra no se podrá comercializar como ecológica y el organismo certificador informará a los operadores habituales- o por la retirada de las almendras afectadas, en los momentos agronómicamente adecuados. Éstas deberán destruirse mediante quema antes de la emergencia de las nuevas avispillas.
Los frutos afectados en ningún caso podrán utilizarse para alimento del ganado, combustible de estufas u otros usos, siempre deberán ser destruidos mediante su quema.