jueves, 16 mayo, 2024

Piden 10 a帽os de inhabilitaci贸n para el exalcalde de Puertollano por prevaricaci贸n

Por presunto delito de prevaricaci贸n administrativa en el caso del fraccionamiento en 69 partes de las obras de la plaza de toros de la ciudad minera

La Fiscal铆a Provincial de Ciudad Real pedir谩 una pena de diez a帽os de inhabilitaci贸n especial para empleo o cargo p煤blico para el exalcalde de Puertollano (Ciudad Real), Joaqu铆n Hermoso Murillo; el secretario municipal, Juan Luis V谩zquez Calvo; y el arquitecto t茅cnico municipal, Eugenio 脕ngel Manso, por presunto delito de prevaricaci贸n administrativa en el caso del fraccionamiento en 69 partes de las obras de la plaza de toros de la ciudad minera.

El juicio oral ha sido se帽alado a las 10.00 horas de los d铆as 12, 13 y 14 de febrero en la Audiencia Provincial de Ciudad Real, una serie de vistas en las cuales, vistos los hechos y la pena solicitada, el fiscal estima 芦probable禄 alcanzar un acuerdo de conformidad con la defensa de los acusados.

Seg煤n el escrito de acusaciones de la Fiscal铆a, los acusados, conocedores de la normativa administrativa en materia de contrataci贸n, sabedores de la inexistencia de causas t茅cnicas que justificasen la fragmentaci贸n de la contrataci贸n y con la finalidad de tramitar los distintos contratos sin publicidad adjudic谩ndolos de forma directa, 芦actuando en total connivencia禄 procedieron a informar y resolver a favor de la fragmentaci贸n de la contrataci贸n de las obras de la segunda fase del coso polivalente.

La ejecuci贸n de obra ascendi贸 a 2.598.451,54 euros, cuyo gasto se fraccion贸 en 69 expedientes en partidas correspondientes a cimentaci贸n, suministros y maquinaria y suministros e instalaciones para acabados de obra, adjudicados a diferentes empresas.

El fiscal relata que los acusados adjudicaron un estudio previo de viabilidad a la arquitecta M.L.C.V. 芦de forma totalmente personal, sin procedimiento negociado con publicidad禄, y que siguiendo el mismo procedimiento y 芦simulando petici贸n de ofertas禄 fue adjudicada a la misma persona el proyecto b谩sico y ejecuci贸n de la obra, mientras que la direcci贸n material de la obra se encarg贸 al aparejador F.S.M.

La acusaci贸n prosigue indicando que, en el marco de ejecuci贸n del 芦plan preconcebido entre los tres acusados禄, sin la existencia de causas t茅cnicas que lo justificasen y conocedores de la ilegalidad de su actuar, el arquitecto t茅cnico municipal y el secretario municipal emitieron sendos informes a favor del fraccionamiento.

De esta forma, prosigue el Ministerio P煤blico, 芦burlando la normativa administrativa en materia de contrataci贸n, eludiendo los mecanismos de contrataci贸n con publicidad que corresponder铆an por la cuant铆a de la obra, sin aprobaci贸n por el pleno del Ayuntamiento, tras la selecci贸n de forma unilateral de los distintos ofertantes por parte del arquitecto t茅cnico municipal y bas谩ndose en los informes de los dos t茅cnicos禄, el exalcalde Joaqu铆n Hermoso dict贸 las respectivas resoluciones unilaterales de adjudicaci贸n de la contrataci贸n, de forma personal y directa a las empresas propuestas.

 

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SOBRESEIMIENTOS DE ACTUACIONES

Por otra parte, la Fiscal铆a concluye que no resulta acreditado el delito de tr谩fico de influencias de M.L.C.V. y F.S.M., sobre los que solicita el sobreseimiento provisional de las actuaciones.

Asimismo, estima que no est谩 debidamente acreditado el delito de tr谩fico de influencias respecto a Eugenio 脕ngel manso, ni el delito de falsedad documental imputado a M.L.C.V. ni a los tres acusados, por la aportaci贸n de documentaci贸n al juzgado relativa a los honorarios por la redacci贸n de los proyectos y la direcci贸n de obra.

芦Al no tratarse de documentos falsos, sin perjuicio de las irregularidades administrativas que se puedan detectar, tampoco concurren elementos para imputar dicha falsedad a los acusados禄, subraya. Consecuentemente, apunta, no concurren elementos para imputar el delito de estafa procesal en grado de tentativa ni en concepto de autor ni en concepto de cooperador necesario.

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