jueves, 9 octubre 2025

Investigan posibles repartos de contratos por empresas de autobús escolar en Castilla La-Mancha

El organismo regulador aclara en un comunicado que estas investigaciones no prejuzgan el resultado de la investigación ni la culpabilidad de las empresas afectadas

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La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) investiga posibles repartos de contratos públicos por parte de empresas que operan autobuses escolares en Castilla La-Mancha, lo que podría terminar en sanciones para las empresas investigadas.

La CNMC ha inspeccionado varias sedes en distintas entidades operativas del sector del transporte público escolar en esa región entre los días 6 y 8 de octubre, de forma preliminar a la posible apertura de un expediente sancionador.

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El organismo regulador aclara en un comunicado que estas investigaciones no prejuzgan el resultado de la investigación ni la culpabilidad de las empresas afectadas, sin dar más detalles sobre los contratos investigados.

En los últimos años, la Secretaría General de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha ha sacado a concurso los servicio de transporte escolar en las distintas provincias hasta el curso de 2026-2027.

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La CNMC recuerda que los acuerdos entre competidores constituyen una infracción muy grave de la normativa de competencia (LDC), que puede conllevar multas de hasta el 10 % del volumen de negocio total de las empresas.

La investigación de los cárteles constituye una de las prioridades de actuación de la CNMC por la gravedad de sus consecuencias sobre los consumidores y el funcionamiento de los mercados.

Competencia cuenta con el programa de clemencia, que permite a las empresas y asociaciones que forman parte de un cártel beneficiarse de la exención del pago de la multa, siempre y cuando aporten pruebas que ayuden a detectarlo. También permite a las empresas, que aporten información con un valor añadido significativo una vez iniciada la investigación, beneficiarse de una reducción de la multa.

Las empresas solicitantes de clemencia quedan excluidas de la prohibición de contratar con el sector público -establecida en el artículo 71 de la Ley de Contratos del Sector Público (LCSP) para los sancionados por infracción grave en materia de falseamiento de la competencia-.

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