La Consejería de Educación, Cultura y Deportes ha hecho públicas las bases reguladoras de concesión directa de las ayudas individuales de transporte escolar para el alumnado matriculado en centros docentes públicos no universitarios de titularidad de la Junta, estableciendo ayudas directas desde los 350 hasta los 992 euros al año por estudiante, en función de la distancia con el centro educativo.
Concretamente, alumnos que no cuenten con una ruta programada de transporte escolar, ya bien sea porque nunca haya existido o haya sido suprimida, o que los horarios de su centro docente sean incompatibles con las rutas.
Asimismo, podrán ser beneficiarios alumnos que se encuentren internos en residencias no universitarias dependientes de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por no contar en su localidad de origen con centro o plazas vacantes en su nivel de escolarización. En este caso, el derecho a la ayuda de transporte será exclusivamente los fines de semana.
También se aplicarán en circunstancias excepcionales, como una huelga de transporte que afecte al contratado por la Administración. En estos casos el alumnado percibirá la ayuda individual por un importe que se determinará en función de la distancia al centro y del número de días que la huelga de transporte ha afectado a la prestación del servicio.
Por último, las ayudas también estarán dirigidas a alumnos que, aun haciendo uso de la ruta escolar, su domicilio se encuentre a más de 2 kilómetros de la parada de transporte escolar más próxima, 1 kilómetro para el caso de alumnado de educación especial.
Por el contrario, quedan excluidos de estas ayudas los estudiantes que cursen enseñanzas de adultos, en régimen nocturno o a distancia; el alumnado escolarizado en función del domicilio laboral del padre, madre o tutor, o el alumnado cuya escolarización se efectúa voluntariamente en un centro distinto al que corresponde por su residencia habitual durante el curso escolar.
Las cuantías máximas de las ayudas individuales de transporte escolar diario serán de 350 euros por alumnos con hasta 10 kilómetros de distancia con su centro educativo, con incrementos progresivos -450 euros hasta los 15 kilómetros; 548 euros, hasta 20; 647 euros, hasta 30; 745 euros, hasta 40; 846 euros hasta 50, y 992 euros si se superan los 50 kilómetros-.
Las ayudas los fines de semana se establecen en 347 euros por alumnos y curso hasta los 20 kilómetros de distancia, y 433 euros para los alumnos con más de 20 kilómetros de distancia.
Anualmente, para cada curso escolar la persona titular de la Secretaría general de la consejería competente en materia de educación dictará una resolución de inicio del procedimiento donde se concretará el modelo de solicitud, sin que hasta entonces pueda iniciarse el plazo de presentación de solicitudes.
Dicha resolución y su extracto se publicará en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, sin perjuicio de la publicidad adicional que se efectúe a través del Portal de Educación y otros medios electrónicos puestos a disposición de la comunidad educativa. Asimismo, se publicará dicha resolución en la Base de Datos Nacional de Subvenciones. En todo caso, la eficacia de la resolución quedará supeditada a su publicación, en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.