La Secci贸n Segunda de la Audiencia Provincial de Toledo ha condenado a un var贸n -J.C.R.F.- a prisi贸n permanente revisable por asesinar a su exmujer -T.I.T.- en la localidad toledana de Almonacid en abril de 2022, y a nueve a帽os m谩s de c谩rcel por un delito de agresi贸n sexual.
Esta condena, contra la que cabe interponer recurso de apelaci贸n ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, es conforme al veredicto del jurado, que emiti贸 juicio de culpabilidad contra el procesado.
As铆 consta en la sentencia, que recoge Europa Press, en la que queda como hechos probados que la v铆ctima quer铆a separarse definitivamente del procesado, del que se hab铆a divorciado y con el que ten铆a tres hijos, y marchar de la vivienda familiar, situaci贸n que no acept贸 J.C.R.F., que actu贸 芦motivado por razones de dominaci贸n o posesi贸n hacia su mujer禄.
De ah铆 que haya quedado probado que el 4 de abril de 2022 recogi贸 a la v铆ctima en las inmediaciones del domicilio com煤n, sito en Mascaraque, y dirigi贸 el veh铆culo hacia la localidad de Almonacid, tomando para ello el camino rural de la Barca, en direcci贸n hacia el camino Alto y el camino del Cementerio, 芦zona dif铆cilmente transitable y poco concurrida禄.
En un lugar no precisado de esos caminos abord贸 de forma s煤bita y repentina a T.I.T., quien se encontraba desprevenida al no poder esperarse tal ataque y, tras agarrarla por el cuello, procedi贸 a desvestirla parcialmente y a penetrarla vaginalmente, eyaculando en su interior.
Al tiempo, con intenci贸n de acabar con su vida, apret贸 fuertemente el cuello de T.I.T., hasta provocar su muerte por asfixia. Tras acabar con la vida de su exmujer, tal y como reconoci贸 en el juicio, decidi贸 simular un accidente, para lo cual coloc贸 el cuerpo sin vida de 茅sta en el camino donde se hallaban y pas贸 el coche por encima del cad谩ver.
La Secci贸n Segunda de la Audiencia toledana ha considerado que en la ejecuci贸n de los referidos delitos de asesinato y agresi贸n sexual concurre la circunstancia agravante de parentesco, que se asienta en el menosprecio a los deberes morales u obligaciones que imponen las relaciones familiares o de afectividad, presentes o pret茅ritas; as铆 como el agravante de g茅nero, reproche penal que supone que el autor cometa los hechos motivado por sentirse superior a la mujer y como medio para demostrar adem谩s a la v铆ctima que la considera inferior.
Respecto del delito de agresi贸n sexual, concurre en el mismo la agravante de parentesco y la de g茅nero, sin que se haya apreciado la concurrencia de atenuante alguna.
De ah铆 que haya estimado adecuado imponer la pena de 9 a帽os y un d铆a de prisi贸n por el delito de agresi贸n sexual, as铆 como la prohibici贸n de aproximarse a sus tres hijos y a la hermana de la v铆ctima a distancia inferior a 500 metros. Tampoco podr谩 aproximarse al domicilio de 茅stos, lugar de trabajo y cualquier otro frecuentado por ellos por tiempo superior en 5 a帽os de la duraci贸n de la pena privativa de libertad.
Del mismo modo, se impone al acusado la medida de libertad vigilada por plazo de 6 a帽os, que se ejecutar谩 una vez cumplida la pena privativa de libertad, y la pena de inhabilitaci贸n especial para cualquier profesi贸n, oficio u actividades, sean o no retribuidas que conlleve contacto regular y directo con menores de edad por tiempo de 10 a帽os.
Mientras, por el delito de asesinato con la circunstancia de ser subsiguiente a un delito contra la libertad sexual, 芦deviene obligada legalmente la imposici贸n de prisi贸n permanente revisable con inhabilitaci贸n absoluta durante el tiempo de la condena禄.
Por este delito tambi茅n impone la privaci贸n de la patria potestad de su hijo menor de edad, dado que el acusado mat贸 a la madre del hijo com煤n.
En el orden civil, J.C.R.F. deber谩 indemnizar a los dos hijos mayores con 71.500 euros para cada uno de ellos, y al menor con la cantidad de 113.000 euros. Mientras, a la hermana de la v铆ctima tendr谩 que pagarla 18.000 euros.
Al acusado le ser谩 de abono para el cumplimiento de dicha condena todo el tiempo que ha estado privado de libertad por esta causa.