miércoles, 20 noviembre, 2024

Hacienda prevé devolver 11.650 millones en la Campaña de la Renta, un 1,8 % menos que el año pasado

En 48 horas se abonarán las primeras devoluciones de una campaña en la que se esperan 23.281.000 declaraciones

La Agencia Tributaria prevé ingresar 18.908 millones de euros en la Campaña de Renta 2023 que arranca este miércoles, un 12,2 % más respecto al ejercicio anterior, mientras que el importe a devolver a los contribuyentes será un 1,8 % inferior, con 11.650 millones.

Este miércoles, 3 de abril, se ha abierto el plazo para confirmar o modificar y presentar por internet la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente al año 2023 (IRPF). La Campaña se extenderá hasta el 1 de julio de 2024, un día más de lo que suele ser habitual, ya que el 30 de junio cae este año en domingo.

Está previsto que en esta campaña del IRPF se presenten un total de 23.281.000 declaraciones, un 1,2 % más que el año anterior. De ese total, se prevé que den derecho a devolución casi un 63 % de ellas -14.614.000, un 3 % menos- por un importe estimado de 11.650 millones de euros.

De su lado, se estima que los contribuyentes que cuentan con declaraciones a ingresar serán cerca de 7.092.000, un 10,2 % más, por importe de 18.908 millones. Al igual que todos los años, estos contribuyentes no realizarán los primeros pagos hasta el final de la campaña.

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HACIENDA INGRESARÁ 2.200 MILLONES NETOS MÁS QUE LA CAMPAÑA ANTERIOR

Así, el saldo neto de esta campaña será positivo, de unos 7.258 millones, frente a los 4.987 millones del ejercicio anterior, 2.271 millones más, según la información expuesta en rueda de prensa por la directora general de la Agencia Tributaria, Soledad Fernández.

En cuanto a la modalidad de tributación, se esperan un total de 19.993.079 declaraciones individuales, un 1,6 % más respecto al ejercicio pasado, mientras que se prevén 3.288.287 declaraciones conjuntas, lo que supone un descenso del 1,2 % frente al año anterior.

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SE ESPERAN UN 61,4 % MÁS DE INGRESOS POR PATRIMONIO

Sobre las declaraciones del Impuesto de Patrimonio, se prevén unos ingresos totales de 1.980 millones de euros, un 61,4 % más respecto a la pasada campaña y se esperan 223.119 declaraciones, un 2,8 % menos.

Esta fuerte subida de la recaudación por Patrimonio se debe, según ha apuntado Soledad Fernández, a que algunas comunidades autónomas, como es el caso de Madrid, han incorporado cambios en las bonificaciones que tenían en este tributo para recaudar ellas por Patrimonio, en lugar de que esos importes se ingresaran mediante el Impuesto de Solidaridad de las Grandes Fortunas, que es estatal.

PLAN ‘LE LLAMAMOS’ Y ATENCIÓN PARA MAYORES EN PEQUEÑOS MUNICIPIOS

Desde el 7 de mayo hasta el 1 de julio de 2024, la Agencia Tributaria podrá confeccionar la declaración del contribuyente por teléfono -la solicitud de cita estará disponible desde el 29 de abril hasta el 28 de junio-.

La Administración tributaria volverá a poner en marcha el plan ‘Le Llamamos’, que arrancará el 7 de mayo, con solicitud de cita a partir del 29 de abril, manteniendo una capacidad que el pasado año permitió la presentación de más de 1.070.000 declaraciones con este sistema de asistencia telefónica personalizada.

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Además, el plan especial para mayores de 65 años en pequeños municipios arrancará con las mismas fechas del plan ‘Le Llamamos’. La atención personalizada, por teléfono y en oficinas seguirá contando con el apoyo de CCAA y ayuntamientos.

Será entre el 3 de junio hasta el 1 de julio de 2024 cuando la Agencia Tributaria podrá confeccionar a los contribuyentes las declaraciones presencialmente en sus oficinas -con solicitud de cita desde el 29 de mayo hasta el 28 de junio-.

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El plazo de presentación finalizará el 1 de julio para declaraciones tanto a ingresar como a devolver, si bien el plazo en las declaraciones a ingresar con domiciliación bancaria concluirá el 26 de junio.

RECOMIENDAN A MUTUALISTAS JUBILADOS «ESPERAR» DOS SEMANAS

Este año, tendrán que prestar atención a esta Campaña los pensionistas que realizaron aportaciones a mutualidades laborales y pagaron de más en el IRPF. Una sentencia del Tribunal Supremo diera la razón a un jubilado del sector bancario que pedía que parte de su pensión, ligada a las aportaciones que realizó entre 1969 y 1979 a la Mutualidad Laboral de Banca, no tributase en las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

Desde la Agencia Tributaria recomiendan a estas personas «esperar» dos semanas para contar con todos sus datos fiscales para que puedan presentar la declaración de la Renta 2023 con toda la información actualizada sobre su situación.

El sindicato de técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) señala que si en los datos fiscales de la próxima Campaña de Renta de 2023 aparece el concepto de ‘Ajuste por Mutualidades-DT2 LIRPF’, se aplicará la reducción de forma automática en la declaración.

En caso contrario, Gestha apunta a que basta con completar el formulario de solicitud habilitado por la Agencia Tributaria para rectificación.

AUTÓNOMOS Y BENEFICIARIOS DEL IMV, OBLIGADOS A HACER LA DECLARACIÓN

Otra de las novedades a tener en cuenta de cara a esta campaña es que todos los autónomos estarán obligados a hacer la Declaración de la Renta, independientemente de sus ingresos.

Del mismo modo, las personas titulares del ingreso mínimo vital y las personas integrantes de la unidad de convivencia están obligadas a presentar anualmente declaración correspondiente al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

¿QUIÉNES NO ESTÁN OBLIGADOS A DECLARAR?

En términos generales, no están obligados a presentar la declaración los contribuyentes con rentas exclusivamente procedentes del trabajo hasta un importe de 22.000 euros anuales.

Sin embargo, este límite se reduce si los rendimientos proceden de más de un pagador (salvo excepciones), o también cuando el pagador no está obligado a retener y cuando los rendimientos están sujetos a un tipo fijo de retención. En tales casos, el límite es de 15.000 euros.

DEDUCCIÓN POR MATERNIDAD Y GUARDERÍAS

Hasta el año 2022 sólo las madres trabajadoras se podían beneficiar de la deducción de 1.200 euros anuales por cada hijo menor de tres años. Ahora, incluso si en el momento del nacimiento no estaba la madre trabajando sino cobrando el desempleo, o también si con posterioridad cotizó 30 días o más, podrá beneficiarse de esta deducción y solicitar el abono anticipado de 100 euros al mes.

Esta ampliación entre 2020 y 2023 de las madres beneficiadas alcanza también a los 1.000 euros adicionales por gastos de custodia del hijo menor de tres años en guarderías o centros de educación infantil.

Asimismo, se debe tener en cuenta que una sentencia del Tribunal Supremo del 8 de enero de 2024 ha extendido la deducción por maternidad en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) a los gastos de custodia de menores de tres años en guardería, aunque el centro no cuente con la autorización de centro educativo.

Tras la sentencia, la Agencia Tributaria instó a todas las guarderías que cuenten con la autorización para la apertura y funcionamiento de la actividad de custodia de menores -aunque no tengan autorización como centro educativo- a presentar la declaración informativa a través del modelo 233, informando de los potenciales beneficiarios de la deducción en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

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