La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Ciudad Real acogerá el próximo jueves, 21 de noviembre, un juicio contra J.O.N., acusado de un delito de abuso sexual no consentido con penetración, presuntamente cometido contra su expareja en octubre de 2021 en Ciudad Real, por el que el Fiscal pide 7 años de prisión.
Sobre las 19.30 horas, y tras acabar de estudiar, el acusado propuso a su expareja mantener relaciones sexuales contestando la víctima que no le apetecía. El acusado, lejos de atender la negativa de su expareja, comenzó a desnudarse de cintura para abajo y quedándose desnudo, empezó a masturbarse delante de ella.
Acto seguido la cogió de ambos brazos tumbándola en la cama a la vez que le quitaba la ropa, primero los pantalones y ropa interior y después le subió la camiseta y sujetador continuando con su masturbación, para colocarse encima, «y con ánimo libidinoso, le introdujo, en contra de su voluntad no consintiendo, un dedo dentro de su vagina, permaneciendo la denunciante sorprendida en estado de shock por la acción del acusado».
Una vez terminó, la denunciante se vistió y abandonó apresuradamente el referido domicilio. Pasados unos minutos, el acusado envió varios WhastApp a la denunciante pidiendo perdón por lo sucedido. «Oye, que sé que te has molestado por haber acabado haciendo lo que yo quería» y «Lo siento por haberte insistido todo el rato para hacerlo, ya no lo volveré a hacer».
La denunciante compareció dos días más tarde en sede policial denunciando los hechos solicitando Orden de Protección. Ya en sede judicial se personó con acusación particular ratificando la denuncia y la orden de protección y reclamando expresamente por daños y perjuicios.
Por auto judicial de 22 de octubre de 2022 por el Juzgado de Instrucción número 5 de Ciudad Real se acordó la prohibición de aproximación a menos de 300 metros y de comunicarse por cualquier medio directo o indirecto con la denunciante.D
Además de la pena de siete años -en cuya calificación concurre la circunstancia mixta de parentesco- el Fiscal pide que se le prohíba aproximarse a la víctima a menos de 300 metros y comunicarse directa e indirectamente con ella de cualquier forma durante 9 años.
Finalmente, y en cumplimiento del artículo 192 del Código Penal, para su ejecución con posterioridad a la pena privativa de libertad, se pide que se le imponga además, la medida de libertad vigilada, con la prohibición de aproximarse a menos de 300 metros a la víctima, domicilio, trabajo o lugar donde se encuentre así como comunicarse por cualquier medio directo o indirecto, y la obligación de someterse a programas formativos de educación sexual durante 9 años.
El acusado deberá también indemnizar a la denunciante en la cantidad de 15.000 euros en concepto de daño moral.