domingo, 24 noviembre, 2024

Publicada la modificaci贸n de la Ley de Aguas, que incluye 芦mejoras禄 en la aplicaci贸n del canon medioambiental

Los 10.000 primeros litros al mes por vivienda, establecidos en la cuota variable del canon, est谩n exentos de esta tributaci贸n

Este viernes ha quedado publicada en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) la ley por la que se modifica la Ley 2/2022, de 18 de febrero, de Aguas de la Comunidad Aut贸noma de Castilla-La Mancha, que incluye 芦mejoras禄 en la aplicaci贸n del canon medioambiental de la Directiva Marco del Agua, o canon DMA, como la transferencia de parte de la recaudaci贸n a los ayuntamientos o la tarificaci贸n de este impuesto. Estas modificaciones entrar谩n en vigor al d铆a siguiente de su publicaci贸n.

Se trata de un nuevo tributo propio de la comunidad aut贸noma con naturaleza de impuesto, de finalidad extrafiscal, destinado a minimizar y corregir la afecci贸n al medio que la utilizaci贸n del agua produce.

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En el a帽o 2022, las Cortes de Castilla-La Mancha aprobaron la Ley 2/2022, de 18 de febrero, de Aguas de la Comunidad Aut贸noma de Castilla-La Mancha, a propuesta del Gobierno regional, necesaria para adaptarse a las exigencias medioambientales nacionales y europeas.

En concreto, era imperativo cumplir la Directiva sobre aguas residuales urbanas (Directiva 91/271) y la Directiva Marco del Agua, DMA (Directiva 2000/60). El cap铆tulo 11 del t铆tulo V de la citada norma crea el canon medioambiental de la Directiva Marco del Agua.

Entre los objetivos se encuentra el de asegurar la suficiencia financiera, de manera que la administraci贸n el sistema tenga capacidad real de dar cobertura a los programas de gastos necesarios para construir y adaptar las infraestructuras hidr谩ulicas que permitan mejorar los sistemas de abastecimiento, saneamiento y depuraci贸n, potenciando la reutilizaci贸n y mejorando la eficiencia, objetivos a los que se destina el fondo finalista que se crea con la norma.

Tras levantarse la suspensi贸n de la aplicaci贸n de este canon en virtud de la Ley 1/2024, de 15 de marzo, de Medidas Administrativas, el art铆culo 25 de esta ley ha incorporado una serie de mejoras para su aplicaci贸n, como es la referida a que el 25 % de la recaudaci贸n del nuevo canon se transfiera a los Ayuntamientos para la mejora de sus infraestructuras del ciclo integral del agua.

Adem谩s, se opta por tarificar el canon de forma progresiva aumentando el volumen del primer tramo de consumo, con el objeto de favorecer a la mayor铆a de los hogares de la regi贸n. Con ese objetivo se adapta la Ley 2/2022, de 18 de febrero, para que los 10.000 primeros litros al mes por vivienda, establecidos en la cuota variable del canon, est茅n exentos de esta tributaci贸n.

Este volumen se encuentra por encima del consumo medio familiar en nuestra regi贸n, y tambi茅n se aplica a usos y contadores colectivos, tales como residencias y otros establecimientos.

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Adem谩s, se mantienen las deducciones ya establecidas en la Ley 2/2022, para familias numerosas, mujeres v铆ctimas de violencia de g茅nero y personas en riesgo de exclusi贸n social. Tambi茅n se tienen en cuenta las caracter铆sticas demogr谩ficas de nuestra regi贸n, por lo que se bonifican las cuotas en municipios de menos de 5.000 habitantes, como medida para combatir el despoblamiento rural.

Con los cambios propuestos, esta proposici贸n de Ley simplifica algunos aspectos de la Ley 2/2022, tales como la referencia al n煤mero de habitantes de la vivienda en el c谩lculo del canon, y se mantiene la divisi贸n del tipo impositivo en cuatro tramos de consumo, a fin de garantizar la justicia social y la progresividad de la tarifa, incentivando el ahorro.

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