El Tribunal Supremo (TS) ha unificado doctrina y ha establecido que los profesores de religi贸n deben tener contrato indefinido. En una sentencia, el tribunal estima el recurso de un profesor de Granollers (Barcelona) que demand贸 a la Conselleria de Educaci贸n de la Generalitat tras encadenar contratos temporales.
En primera instancia, el Juzgado Social 1 de Matar贸 (Barcelona) fall贸 a favor del profesor, pero la Generalitat recurri贸 ante el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) y 茅ste anul贸 la primera sentencia aceptando los argumentos de Educaci贸n.
Sin embargo, ahora el Supremo ha estimado el recurso del docente, con lo que anula el fallo del TSJC y da por buena la decisi贸n de la jueza de Matar贸.
El recurso del maestro ante el Supremo ped铆a al tribunal unificar doctrina sobre este asunto tras pronunciamientos contradictorios entre los tribunales superiores de Catalunya y de Castilla-La Mancha.
芦R脡GIMEN ESPECIAL禄
Los magistrados recuerdan que la Ley de Educaci贸n da 芦un r茅gimen especial para los profesores de religi贸n, siendo una de las especialidades que lo rigen la contrataci贸n laboral, que solo puede ser por tiempo indefinido, salvo en los casos de celebraci贸n de un contrato de interinidad por sustituci贸n禄.
El tribunal se apoya en una sentencia que ya dict贸 en noviembre de 2022 haciendo referencia a esta ley y al Real Decreto que regula la relaci贸n laboral de los profesores de religi贸n.