La Fiscal铆a de Ciudad Real, con la firma del fiscal jefe, Luis Huete, ha archivado con fecha 13 de enero la denuncia presentada por dos delegados sindicales de CCOO a cuenta del concurso oposici贸n promovido por el Consorcio contra Incendios y Salvamento (SCIS) de la provincia.
Este pronunciamiento llega despu茅s de que el pasado d铆a 2 de enero CCOO, tal y como inform贸 en su d铆a en nota de prensa, informara de que se abr铆an diligencias contra este organismo, aclarando que los denunciantes eran dos miembros del Tribunal Calificador de las oposiciones de acceso a 26 plazas de bombero en propio consorcio.
Estos dos miembros impugnaban de esta forma las actuaciones del propio Tribunal de la oposici贸n de la que ellos eran miembros, si bien con car谩cter previo a la denuncia penal ante la Fiscal铆a, se recurrieron las decisiones del tribunal calificador adoptadas por mayor铆a de tres votos contra los votos de los mismos denunciantes.
De los cinco miembros del Tribunal Calificador, Rold谩n y Prieto son de profesi贸n bomberos con antig眉edad de 35 a帽os con plaza y puesto de trabajo fijo. Los otros tres miembros del Tribunal de la Oposici贸n no denunciantes, son el Gerente del Consorcio, el Secretario del Ayuntamiento de Ballesteros de Calatrava y el Jefe del Parque de bomberos de Ciudad Real, a quienes los denunciantes 芦ocasionaron enorme inseguridad jur铆dica en este proceso禄, seg煤n CCOO.
NO HAY PREVARICACI脫N Y NO HAY FALSEDAD
La denuncia, recuerda, 芦se remite a las actas del tribunal y no identifica en cu谩l de ellas, concretamente, se produce la resoluci贸n injusta de la que pudiera derivar el delito de prevaricaci贸n禄.
芦La apariencia formal de las mismas es correcta y se ajusta a las bases de la convocatoria de la oposici贸n禄, asegura ahora el fiscal.
Del mismo modo, abunda en que 芦no existe prueba de la falsedad que se denuncia, puesto que lo 煤nico que consta es que no se recogen en las actas la totalidad de las cuestiones tratadas por el tribunal, seg煤n los denunciantes禄.
La denuncia, por tanto, 芦resulta gen茅rica y no se dice con concreci贸n qu茅 acta concretamente dice lo contrario禄, asegura el fiscal.
芦Tampoco se aprecia infidelidad en la custodia de documentos, hecho 煤nicamente apreciado por los denunciantes, sin que conste en las actas posteriores del tribunal protesta alguna sobre la forma en la que se llev贸 a cabo el esc谩ner de los documentos a los que se refiere la ampliaci贸n de denuncia禄, remata el escrito.
PREMISAS DE LA DENUNCIA
Los denunciantes aseguraban que en el examen, el gerente entreg贸 preguntas ya realizadas a un fotocopista privado 芦que nada ten铆a que ver con el tribunal禄; o que en el segundo psicot茅cnico se contrat贸 a una empresa privada para labores de vigilancia.
Igualmente aseguraban en la protesta que otra empresa privada fue delegada para gestionar las marcas de las pruebas f铆sicas, y que en alg煤n caso 芦result贸 extra帽o que un determinado opositor hubiera realizado la prueba f铆sica justo en el l铆mite del aprobad cuando en su percepci贸n 贸ptica y temporal estaban sobradamente fuera del list贸n del aprobado禄.
Por 煤ltimo, denunciaban que en el sexto ejercicio de la oposici贸n el secretario del tribunal abri贸 en privado junto con el gerente los sobres de los ejercicios an贸nimos.