La Audiencia Provincial de Ciudad Real ha condenado a una mujer a 16 años de cárcel por haber matado a un hombre que sufrĂa discapacidad, en Alcázar de San Juan, tras golpearle con un objeto contundente.
Según la sentencia hecha pública este viernes por la Audiencia Provincial, a esta mujer se la considera autora de un delito de homicidio con el agravante de superioridad por el que ha sido condenada a 12 años y 6 meses de prisión, a la vez que también se la considera culpable de un delito de robo con violencia en casa habitada por el que ha sido condenada a 3 años y 6 meses se cárcel.
La sentencia considera probado que la condenada, M.A.P.C., entre las 18:00 y 18:30 horas del 25 de noviembre de 2020 se dirigiĂł a pie al exterior de la vivienda de un amigo suyo llamado J.G.C., al que visitaba con frecuencia para ayudarle en ocasiones en labores de limpieza de la casa a cambio de dinero, dado que este tenĂa problemas de movilidad, pues le habĂa sido reconocido un grado de discapacidad del 92 %, de tipo fĂsica y sensorial, por osteoartrosis localizada degenerativa y ceguera.
En esta ocasiĂłn, la acusada M.A.P.C. acudiĂł a la vivienda con la intenciĂłn de reclamar un dinero que al parecer J.G.C. le debĂa y, sabiendo que Ă©ste se encontraba en su interior y al no abrirle la puerta, la rompiĂł para entrar.
Una vez dentro de dicha vivienda, al encontrarse con J.G.C. en la cocina, iniciaron una fuerte discusiĂłn motivada por la supuesta deuda que existĂa entre ellos.
Entonces, la acusada M.A.P.C., valiĂ©ndose de su fuerte complexiĂłn fĂsica, y de que J.G.C. era una persona de menor envergadura y que contaba con problemas de movilidad y visiĂłn, le golpeĂł fuertemente en el macizo facial de la hemicara izquierda empleando para ello un objeto contundente aĂşn no determinado, con la intenciĂłn de acabar con la vida del agredido o, al menos, siendo consciente del peligro que para su vida podrĂa suponer un golpe en dicha zona.
Acto seguido, la propia acusada, actuando con intenciĂłn de obtener un beneficio patrimonial econĂłmico, cogiĂł a J.G.C., que estaba inconsciente a consecuencia del fuerte golpe sufrido, lo llevĂł al salĂłn y por Ăşltimo al dormitorio principal de la vivienda, donde lo colocĂł sobre la cama, para acto seguido, apoderarse de un televisor de plasma que estaba en el salĂłn.
Poco después, la acusada se presentó en un domicilio cercano domicilio para intentar vender el televisor.
Avisados tanto por vecinos del bloque donde J.G.C. tenĂa su vivienda, como por familiares de la propia vĂctima, al extrañarse todos ellos por los ruidos y golpes que provenĂan de la vivienda del mismo, se personaron poco despuĂ©s varias patrullas de agentes de la PolicĂa Nacional y de la PolicĂa Local de Alcázar de San Juan, que, tras acceder al piso, encontraron a la vĂctima inconsciente y tumbado sobre un costado en la cama de su dormitorio.
Los agentes encontraron restos de sangre en dicha cama, como en suelo y muebles de la cocina y del salĂłn del piso.
A consecuencia de la agresión, J.G.C. sufrió un traumatismo craneoencefálico de tal magnitud que no sólo le produjo fracturas óseas, si no que también le causó hemorragias cerebrales, edema cerebral y lesión axonal difusa con encefalomalacia.
A causa de dichas lesiones permaneciĂł en coma todo el tiempo que estuvo hospitalizado hasta muriĂł como consecuencia del fuerte golpe que habĂa recibido.