Hoy en día, la tecnología invade nuestra rutina. Dependemos de un dispositivo electrónico para comunicarnos y para hacer muchas de las tareas de nuestra vida cotidiana. A través de ellos se cometen muchos ciberdelitos, un problema que se está intensificando cada día. Tanto es así que se ha convertido en el segundo delito más común, tan solo por detrás de los hurtos.
Internet está lleno de peligros, pero en muchos casos, es en las aplicaciones de mensajería instantánea donde se puede cometer algún tipo de delito. Si tenías dudas, los mensajes de WhatsApp si pueden presentarse como evidencia y ser una prueba concluyente para un juicio.
Lo que es cierto es que un experto en peritaje informático de WhatsApp es el que tiene que corroborar la autenticidad de los mensajes. Su tarea es analizar la información, verificar su veracidad, extraer el contenido y realizar un informe que se convierta en un soporte para que los abogados puedan exponer una adecuada estrategia.
En algunos casos, pruebas como capturas de pantalla o la presentación de la transcripción de una conversación han sido rechazadas en un juicio al entenderse que podrían haber sido manipuladas o el acusado no ha reconocido el contenido.
Pero por otra parte, también existe jurisprudencia en España en la que se han admitido como pruebas estas alternativas para evidenciar algún delito o agresión a través de mensajes de WhatsApp tanto en el ámbito civil como en el penal. Por ejemplo, se puede dar la circunstancia de que la parte contraria no impugne la prueba o que reconozca que los mensajes son auténticos, por citar algunas causas, pero no suele ser lo habitual.
Es más, una sentencia fallada por el Tribunal Supremo acepta la presentación de cualquier conversación que se haya mantenido a través de una red social, pero siendo necesario mostrar el informe de un peritaje por parte de un informático especializado en esta materia.
Consideraciones que hay que tener en cuenta
En la actualidad, han aumentado los casos de ciberbullying y acoso a través de las redes sociales, desde las que se atenta principalmente contra el derecho fundamental a la intimidad, el honor y a la propia imagen de una persona. Ante estas situaciones, la tecnología está siendo esencial para esclarecer todo tipo de agresiones y en muchos casos, se presenta como clave en la defensa de las víctimas en muchos juicios.
Los casos no necesariamente pueden ser sólo en el ámbito privado, también se están utilizando como prueba de acusación o defensa en el campo profesional como el incumplimiento de algún aspecto de un contrato, su vulneración o por supuesto, por mobbing.
Asimismo, se puede dar la circunstancia de que la conversación no haya sido bidireccional y se haya mantenido en un grupo de WhatsApp u otra red social. En este caso, la parte interesada deberá presentar su dispositivo móvil y reunir al menos otro, aunque siempre será mejor si se pueden aportar más. De igual modo, se debe presentar un informe de peritaje informático para que la prueba sea concluyente.
No obstante, en todas las circunstancias en las que se quiera presentar una conversación de WhatsApp u otra aplicación de mensajería instantánea, la prueba tiene que ser legal. Es decir, se debe haber obtenido de manera que no se haya vulnerado la intimidad de la persona o cualquier otro derecho fundamental que esté protegido por la Constitución española.
Por ejemplo, grabar una conversación ajena o sin el consentimiento de los participantes atenta contra la intimidad y el secreto de las comunicaciones, por lo que esta prueba sería inválida y no admitida.