El Consejo de Ministros ha aprobado este martes un subsidio de 430 euros mensuales para trabajadores que estuviesen recibiendo prestaciones entre el 14 de marzo y el 30 de junio y no tengan acceso a otras ayudas ni posibilidad de incorporarse al mercado laboral.
Los posibles beneficiarios tienen que estar en situaci贸n de desempleo y estar inscritos en los sistemas p煤blicos como demandantes.
Adem谩s, podr谩n acceder al subsidio las personas que est茅n cumpliendo el mes de espera para acceder al subsidio de agotamiento de la prestaci贸n contributiva.
En un comunicado, Trabajo ha apuntado que el subsidio no ser谩 compatible con la percepci贸n de la renta m铆nima, la renta de inclusi贸n, salario social o ayudas an谩logas de cualquier administraci贸n p煤blica.
Tambi茅n ha recordado que esta medida de protecci贸n a los trabajadores sin prestaci贸n se ha sometido al di谩logo social y estaba recogida en el II Acuerdo Social en Defensa del Empleo y se materializ贸 en la disposici贸n adicional cuarta del Real Decreto-Ley de 26 de junio.
Recientemente, CCOO y UGT pidieron que se crease la prestaci贸n extraordinaria por desempleo que se recog铆a en el II Acuerdo Social en Defensa del Empleo para quienes consumieron sus prestaciones por paro durante el estado de alarma.
En concreto, la propuesta sindical pasaba por que se reconociese un periodo de reposici贸n de prestaciones a todas las personas que hab铆an percibido y consumido prestaciones por desempleo durante el estado de alarma.
Tanto para CCOO como para UGT, esta era 芦una cuesti贸n prioritaria que extiende la cobertura de protecci贸n m谩s all谩 de los ERTE dirigidos a mantener y preservar el empleo y las empresas, donde el esfuerzo realizado por la sociedad espa帽ola es innegable禄.