viernes, 22 noviembre, 2024

Los vehículos híbridos y eléctricos, exentos de pago en la zona azul de Manzanares

El Ayuntamiento confirma que los vehículos de GLP también se benefician de esta medida

Los vehículos híbridos y eléctricos, cada vez más presentes, están exentos de pagar por estacionar en zona azul en Manzanares. Así lo recuerda el Ayuntamiento de Manzanares, que además aclara que los vehículos GLP, de gas licuado del petróleo, también se benefician en la localidad de esta medida.

La Ordenanza Municipal de Ordenación y Regulación del Estacionamiento, dentro del compromiso municipal con el medio ambiente, incluye en su artículo 7, dedicado a exclusiones en el pago de la zona azul, los vehículos híbridos homologados y los eléctricos.

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Ante la proliferación de este tipo de vehículos, la concejalía de Tráfico recuerda a sus propietarios que pueden estacionarlos en las zonas reguladas por la ordenanza municipal sin necesidad de abonar el precio estipulado en la correspondiente tasa. Ante las dudas surgidas por quienes tienen vehículos de gas (GLP), se aclara que tienen las mismas ventajas que los vehículos enchufables.

Por tanto, los vehículos con etiqueta ambiental ECO quedan exentos de pagar en Manzanares al estacionar en zona azul. En esta localidad no es obligatorio exhibir la etiqueta correspondiente, aunque siempre es aconsejable.

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En caso de duda, se recomienda acudir a la Policía Local. Cabe recordar que la ordenanza municipal que regula la zona azul también excluye a motocicletas, ciclos, ciclomotores y bicicletas, salvo los de cuatro ruedas, y siempre que no ocupen más del 20% de la superficie útil de la plaza de estacionamiento en línea. En este caso, no pueden utilizar los estacionamientos en batería.

También quedan excluidos los vehículos de servicio oficial debidamente rotulados o con autorización; los de asistencia sanitaria, Protección Civil y ambulancias en prestación de servicio; los de transporte de personas con movilidad reducida o discapacitadas siempre que exhiban la tarjeta oficial; y los vehículos en cuyo interior permanezca el conductor o pasajero mayor de edad siempre que el estacionamiento sea inferior a 5 minutos. Tampoco están obligados los taxis cuando el conductor esté presente en prestación de servicios.

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