El Gobierno regional considera viable desde el punto de vista ambiental la instalación de una explotación intensiva de 102.000 pollitas de recrÃa en el término municipal de San MartÃn de Montalbán (Toledo), cuya promotora es AvÃcola El Arroyuelo S.L., siempre que se realice conforme al Estudio de Impacto Ambiental presentado.
La explotación se localizará en el paraje denominado ‘El Guijo’, en las parcelas 254 del polÃgono 13 de dicho término municipal. El acceso se lleva a cabo desde la carretera CM-4009 a la altura del punto kilométrico 54,800 y la explotación se situará a unos 100 metros de ésta. La distancia al núcleo de población de San MartÃn de Montalbán es de 1.800 metros.
Los requerimientos de consumo estimados de agua son de 5.930,5 m3 teniendo en cuenta que cada una de las 102.000 pollitas necesitan 0,0547 m3/cabeza y año, más 346 m3/año procedentes de los trabajos de limpieza.
Asà las cosas, el abastecimiento de agua potable para satisfacer las necesidades de las instalaciones proyectadas se llevará a cabo desde una captación de agua realizada en la misma finca y para lo que para el cual se posee autorización de aprovechamiento de aguas subterráneas de la Confederación Hidrográfica del Tajo.
PRESCRIPCIONES
Dice la ViceconsejerÃa de Medio Ambiente que las mallas a instalar, tanto la perimetral como cualquier otra, no podrán ser voladizas ni con visera superior. Tampoco tendrán alambres de espino ni elementos cortantes, punzantes o rebabas.
De igual modo, ha establecido que el posible uso de rodenticidas deberá limitarse exclusivamente al interior de la explotación, en condiciones de uso que no puedan afectar a la fauna silvestre.
El Estudio de Impacto Ambiental señala que todos los residuos clasificados como peligrosos, como desinfectantes, insecticidas, raticidas, tubos fluorescentes, deberán gestionarse a través de gestor autorizado, y que en la eliminación de los cuerpos animales se deberá cumplir lo establecido en el Reglamento Europeo.
Asà las cosas, las naves serán estancas en relación a la posible interferencia de posibles lixiviados sobre la hidrologÃa natural de la zona, de forma que se evite cualquier contaminación de las aguas superficiales y subterráneas por posibles lixiviados generados en el proceso.
Como se tiene previsto acumular las deyecciones de las gallinas dentro de las naves, su solera será de hormigón para evitar riesgos de contaminación e infiltración de aguas subterráneas y superficiales.
En todo caso es necesario controlar todo tipo de pérdida accidental, asà como filtraciones que puedan haber en la explotación. A tal efecto se deberá pavimentar y confinar las zonas de trabajo, tránsito o almacén, de forma que el lÃquido que se colecte en caso de precipitación, nunca pueda fluir a la zona no pavimentada.
Para evitar las posibles molestias por olores, se realizará una monitorización de las condiciones ambientales de las naves en relación a la temperatura y humedad y nunca se almacenará gallinaza en el exterior de la nave; se retirará directamente a los camiones de transporte.
Se empleará un dispositivo para conocer la dirección del viento y planificar mejor la retirada del estiércol. Se evitará su retirada en dÃas de viento intenso y en los que la dirección predominante del viento para evitar molestias a los núcleos urbanos más cercanos (San MartÃn de Montalbán).
Se planearán los itinerarios de transporte del estiércol de forma que se evite el paso por núcleos urbanos o zonas sensibles (uso recreativo, espacios protegidos, etc.), evitando las horas de mucho calor, los dÃas en que el viento sople con fuerza y los festivos.
CALENDARIO DE OBRAS
Según la ViceconsejerÃa de Medio Ambiente, el Ayuntamiento de San MartÃn de Montalbán no podrá emitir la licencia para la actividad hasta que no se presente la correspondiente Autorización Ambiental Integrada emitida por esta ViceconsejerÃa. Para ello, el promotor de este proyecto deberá presentar, antes del inicio de las obras, el calendario de las mismas.
De igual modo, y antes del inicio de la actividad, deberá presentar la concesión abastecimiento de agua para el total de plazas solicitadas por parte del Organismo de cuenca, o en su defecto copia de la solicitud.
También ha de presentar en el primer trimestre de cada año, desde el inicio de la actividad y durante los cinco años siguientes, informe sobre los controles y actuaciones en aplicación del Plan de Seguimiento y Vigilancia.