viernes, 22 noviembre, 2024

El TSJCM decide no suspender las obras del parque Puy du Fou en Toledo

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJCM había admitido a trámite el recurso que el movimiento 'Queremos Saber la Verdad del Puy du Fou' interpuso contra la edificación del parque temático en Toledo

El Gobierno regional ha avanzado que el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCM) ha acordado no suspender el acuerdo tomado por el Consejo de Gobierno y otros organismos para la puesta en marcha de las obras del Proyecto de Singular Interés (PSI) del parque temático Puy du Fou en Toledo.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJCM había admitido a trámite el recurso que el movimiento ‘Queremos Saber la Verdad del Puy du Fou’ interpuso contra la edificación del parque temático en Toledo.

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El Ejecutivo autonómico se ha mostrado muy «satisfecho» tras conocer el auto del TSJCM, que ha recibido este mismo viernes y que desde la Dirección General de Planificación Territorial y Sostenibilidad se ha valorado, según ha informado la Junta en nota de prensa. Según el director general, Javier Barrado, el auto del Tribunal «viene a decir que no se puede poner en duda en ningún momento el proceso», añadiendo que esta es «una decisión crucial para el proyecto porque, de haber admitido estas cautelares, se habrían paralizado las obras de Puy du Fou y podría haber decaído esta importantísima iniciativa para la capital regional».

El primer argumento que esgrime el TSJCM para no aceptar este recurso, como ha explicado Barrado, es que no existe peligro en el retraso, es decir, el propio proyecto recoge un plan de restauración del terreno, lo que se traduce en varios informes medioambientales del Gobierno regional que lo sustentan. Y es que el propio PSI del parque contempla que, cuando se desmantele éste, hay un plan para desmontarlo y la obligación de dejar el terreno en sus circunstancias naturales.

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«Esta es la base para rechazar las medidas cautelares que han pedido los recurrentes porque el Alto Tribunal deja claro que el propio proyecto, en caso de tener que parar las obras en algún momento determinado, podrá restablecer el terreno y además en las condiciones medioambientales que tenía», ha indicado el director general. Hay que recordar que la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) fue favorable y que en el proyecto se han tenido en cuenta todas las medidas compensatorias que se reflejaban en dicha DIA.

En palabras de Barrado, «este auto vuelve a dar la razón al Gobierno de Castilla-La Mancha porque hay que recordar que ya desestimó, en primer lugar, las medidas cuatelarísimas que pretendían la suspensión del proyecto y hoy nos vuelve a dar la razón ante las cautelares que volvían a exigir los recurrentes».

 

AVALADO POR TODAS LAS ADMINISTRACIONES

Como ha explicado el director general, además, el TSJCM quiere decir en su auto que el PSI ha pasado por todas las administraciones (estatal, autonómica y local). Además, la motivación, al ser avalada por la Administración autonómica, se presume válida y le dice a los demandantes que presenten argumentos más sólidos para poder parar el proyecto, por lo que «no ve ninguna apariencia de mal derecho que le lleve a paralizarlo».

«Se ha demostrado que el Tribunal no observa ningún tipo de disfunción, ni de vicio, en la actuación Administración regional a la hora de tramitar este proyecto. Que la tramitación llevada a cabo a través de la Consejería de Fomento y del resto de Consejerías de la Junta (Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural) supone la pluralidad de participación de las administraciones y que su tramitación ha sido escrupulosa y ha revestido al procedimiento de todas las garantías», ha insistido Barrado.

También viene a decir este auto que la participación de la sociedad está garantizada en el procedimiento y que, por tanto, los argumentos de los recurrentes, en este caso las organizaciones ecologistas, «han sido tan mínimos que no son importantes».

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