El Bolet铆n Oficial de las Cortes de Castilla-La Mancha ha publicado la admisi贸n por parte de la Mesa de los Proyectos de Ley impulsados por el Gobierno regional de Evaluaci贸n Ambiental y de Econom铆a Circular, tr谩mite en virtud del cual queda abierto el plazo de presentaci贸n de enmiendas por parte de los grupos parlamentarios, periodo que concluir谩 el pr贸ximo 26 de septiembre.
El objeto de esta ley es establecer la regulaci贸n de la evaluaci贸n ambiental de los planes, programas y proyectos que puedan tener efectos significativos sobre el medio ambiente, garantizando en todo el territorio de Castilla-La Mancha un elevado nivel de protecci贸n ambiental, con el fin de promover un desarrollo sostenible.
Cabe destacar que en algunos aspectos se introduce un mayor grado de protecci贸n del medio ambiente, como ocurre al extender a m谩s categor铆as de proyectos la obligatoriedad de seguir los procedimientos de evaluaci贸n de impacto ambiental.
Teniendo en cuenta tanto el objetivo de la norma como el reparto de competencias en materia de protecci贸n del medio ambiente entre las Administraciones estatal y auton贸mica, en el dise帽o de la norma ha primado la necesidad de prestar un adecuado servicio al amplio abanico de usuarios de los diferentes procedimientos.
El conjunto de los promotores p煤blicos y privados, personas f铆sicas y jur铆dicas que deben seguir los procedimientos de evaluaci贸n ambiental estrat茅gica o de evaluaci贸n de impacto ambiental para impulsar sus actuaciones son los funcionarios y personal dependiente de las distintas administraciones que operan como 贸rganos sustantivos de los distintos planes, programas y proyectos sujetos a evaluaci贸n ambiental, en los que recae gran parte de su tramitaci贸n, destacando entre ellos la totalidad de los Ayuntamientos de Castilla-La Mancha.
Tambi茅n el personal t茅cnico y administrativo de los servicios centrales y provinciales del 贸rgano ambiental auton贸mico, como responsables de la coordinaci贸n de los procedimientos; y las entidades participantes en los procedimientos de evaluaci贸n por ser objeto de las consultas, tanto como Administraciones p煤blicas afectadas en sus competencias, como por ser organizaciones sin 谩nimo de lucro destinadas a la salvaguarda del medio ambiente, e incluso aquellos organismos o instituciones acad茅micas o cient铆ficas cuyo an谩lisis resulte relevante a los efectos de la evaluaci贸n ambiental.
Por todos estos motivos se ha optado por elaborar un 煤nico texto normativo que facilite a todos sus usuarios una claridad que hasta la fecha no existe, al necesitar acudir a las dos leyes vigentes para conocer, determinar y llevar a cabo la evaluaci贸n que corresponde seg煤n qu茅 tipo de plan, programa o proyecto se quiera ejecutar.
En consecuencia, el texto de la ley supone en ocasiones una transcripci贸n de la norma b谩sica estatal, pero siempre manteniendo el respeto a la misma y al ejercicio estatal de su competencia exclusiva, todo ello con el 煤nico fin de lograr la m谩xima claridad y comprensi贸n por parte de sus destinatarios.
LEY DE ECONOM脥A CIRCULAR
En cuanto a la ley de Econom铆a Circular, seg煤n su exposici贸n de motivos, nace con el objetivo principal de conseguir el m谩ximo valor y uso de todos los recursos, productos y residuos, fomentando la gesti贸n racional y sostenible de los recursos, promoviendo la reducci贸n de la generaci贸n de residuos, su reciclaje, reutilizaci贸n y valorizaci贸n, el ahorro energ茅tico y reduciendo las emisiones de gases contaminantes y de efecto invernadero.
Para ello, es imprescindible abarcar la totalidad del ciclo de vida, desde la producci贸n hasta el consumo, pasando por la gesti贸n de residuos y el mercado de materias primas secundarias.
Tambi茅n es un factor clave el comportamiento de las personas consumidoras, dentro de la cual se debe fomentar un consumo consciente por las implicaciones que tienen las decisiones diarias.
Asimismo, una labor fundamental es la de la Administraci贸n a trav茅s de los mecanismos de gesti贸n e intervenci贸n sobre los diversos 谩mbitos de sus competencias y el papel ejemplarizante que ejerce.
Es decir, conseguir 芦cerrar el c铆rculo禄, actuar sobre productos y servicios desde su concepci贸n, empezando desde su propio dise帽o, el uso que se hace de los recursos, su transporte y comercializaci贸n o puesta en marcha, y fomentando el reciclado y reutilizaci贸n al final del proceso.
De esta manera, se generar谩n beneficios econ贸micos y ambientales para el conjunto de la sociedad castellanomanchega.
El proceso hacia una econom铆a circular debe abarcar cambios en los sistemas de producci贸n consumo que afectan al medio ambiente.
Por tanto, este cambio afectar谩 a los mecanismos de financiaci贸n, a las decisiones de las personas consumidoras, y debe disponer de mecanismos de intervenci贸n, a trav茅s de la pol铆tica de gesti贸n administrativa, tributaria, y las pol铆ticas de fomento de la innovaci贸n social y econ贸mica.
ABARCA TODO EL CICLO DE VIDA DE UN PRODUCTO
Por ello, el 谩mbito de aplicaci贸n de esta Ley abarca todas las fases del ciclo de vida de un bien, producto o servicio, ya que no s贸lo se refiere a la gesti贸n y reciclaje de residuos, sino que implica la gesti贸n racional de todos los recursos que son necesarios para su producci贸n y distribuci贸n.
Entre 茅stos destacan los recursos materiales y energ茅ticos, el agua y el uso del suelo, tanto en el 谩mbito de la producci贸n, distribuci贸n y consumo como en la gesti贸n de residuos, en el mercado de materias primas secundarias y, asimismo, en los aspectos de innovaci贸n e inversi贸n.
Para facilitar la transici贸n hacia una econom铆a circular, primando la reducci贸n de insumos materiales, energ茅ticos y emisiones, el aumento del reciclado y la valorizaci贸n en la gesti贸n de los residuos, reduciendo lo m谩ximo posible el vertido, se establecer谩n elementos incentivadores de orden econ贸mico que vayan modificando y consolidando actitudes que favorezcan la econom铆a circular.
As铆, por un lado se incentivar谩 la implantaci贸n y la permanencia en territorio regional de empresas y actividades empresariales cuyo objeto se encuadre en el 谩mbito de la econom铆a circular mediante la adecuada baremaci贸n en las subvenciones o ayudas p煤blicas y mediante la contrataci贸n del sector p煤blico regional.
Y, por otro, se introduce la obligaci贸n de establecer un tributo que grave el dep贸sito de residuos en vertedero que deriven en una desincentivaci贸n de la eliminaci贸n de residuos y el uso de vertederos frente a su reciclado y valorizaci贸n promovi茅ndose la reinversi贸n de su recaudaci贸n en mejorar la gesti贸n de los residuos y en llevar a cabo actuaciones contempladas en el Plan Integrado de Gesti贸n de Residuos de Castilla-La Mancha.