viernes, 22 noviembre, 2024

¿Hasta cuándo podrán votar las residentes españoles en el extranjero?

El plazo para el voto en urna de los españoles residentes en el extranjero arrancó este miércoles y, en principio, iba a acabar este viernes

Los españoles inscritos en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) podrán votar durante el fin de semana en las embajadas y consultados habilitados, gracias a la prórroga acordada por la Junta Electoral Central (JEC) con vistas a los comicios del próximo 10 de noviembre.

El plazo para el voto en urna de los españoles residentes en el extranjero arrancó este miércoles y, en principio, iba a acabar este viernes, último día de campaña en España. Pero, a instancias del BNG y con el informe favorable de la Dirección General de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares, la JEC ha habilitado un periodo extraordinario.

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Según la resolución, recogida por Europa Press, los votos depositados en urna hasta el viernes en embajadas y consulados y los recibidos por correo hasta esa fecha, junto con el acta expedida por el funcionario consular, «deberán ser remitidos con la mayor celeridad posible» a la oficina constituida en el Ministerio de Asuntos Exteriores, desde donde se enviarán por urgencia a las juntas electorales provinciales para incorporarlos al escrutinio programado para la próxima semana.

Pero, además, las oficinas consulares habilitadas para el voto en urna en este proceso electoral deberán abrir de nuevo el sábado y el domingo para recibir tanto los votos por correo remitidos hasta ese momento, como aquellos otros que puedan presentar los electores dentro de este plazo extraordinario. Eso sí, esa apertura no podrá extenderse más allá de la hora prevista para el cierre de los colegios electorales en la península, esto es, a las 20.00 horas del domingo 10 de noviembre.

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CELERIDAD EN EL ENVÍO

Al concluir dicho plazo, las oficinas consulares deberán enviar los votos a Exteriores para su remisión a las juntas electorales, para lo cual, y dado lo apretado del calendario, deberán utilizar «todos los medios de los que dispongan» para asegurar el envío a Madrid «por el procedimiento más rápido posible».

Igualmente, Exteriores deberá tomar «todas las medidas necesarias para procurar que los sobres con los votos de los electores puedan estar a disposición de la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos antes de las 16.00 horas del martes 12 de noviembre, de manera que ésta pueda realizar la entrega a las respectivas Juntas Electorales Provinciales antes de las 8.00 horas del miércoles 13 de noviembre, para su escrutinio».

En ese sentido, las Juntas Electorales Provinciales, en el momento del escrutinio, deberán considerar como válidos los votos por correo dirigidos a las oficinas consulares en los que conste su envío no más tarde del sábado 9 de noviembre.

Para estas elecciones hay 2.128.559 españoles inscritos en el Censo Electoral de Residentes Ausentes y de ellos algo más del 10%, un total de 223.872 personas, ya han pedido ejercer el voto por correspondencia.

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