miércoles, 20 noviembre, 2024

El Proyecto de Puy du Fou en Toledo, aprobado definitivamente por el Consejo de Gobierno

En cuanto al plazo, el acuerdo del Consejo de Gobierno contempla que la primera fase del proyecto se iniciaría en enero de 2019 y finalizaría en verano 2019, peor la última fase podría acabar en 2028

El Consejo de Gobierno ha aprobado definitivamente el Proyecto de Singular Interés (PSI) ‘Parque Temático Puy du Fou España’ en Toledo, otorgando un plazo máximo de diez años desde el inicio de las obras para que se desarrolle la construcción del parque.

Según publica este jueves el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM), el PSI se ha tramitado «de conformidad con el procedimiento establecido» y consiste en la implantación de un Parque de ocio en Toledo, promovido por la empresa Puy Du Fou España SL, dedicado a la representación de espectáculos en vivo que escenificarán los periodos más importantes de la historia de España «con gran cantidad de actores, animales y efectos especiales», cuya ejecución se realizará sobre la base de los correspondientes proyectos técnicos que concreten las infraestructuras, edificaciones y obras complementarias de urbanización previstas en el mismo.

Asimismo, señala que el parque se localiza en un lugar «estratégico tanto desde el punto de vista de la accesibilidad como por el carácter histórico y cultural que caracteriza a esta región», que comprende una superficie de 1.610.967,82 metros cuadrados dentro de la finca Zurraquín, en el término municipal de Toledo.

En cuanto al plazo, el acuerdo del Consejo de Gobierno contempla que la primera fase del proyecto se iniciaría en enero de 2019 y finalizaría en verano 2019, mientras que la segunda empezaría en septiembre de 2019 y acabaría en marzo de 2021, la tercera comenzaría en octubre de 2021 y terminaría en enero de 2023, la cuarta fase se iniciaría en octubre de 2023 y finalizaría en enero de 2025 y la quinta y última fase daría comienzo en enero de 2027 para acabar en enero de 2028.

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Asimismo, el acuerdo contempla que son obligaciones de la empresa promotora del PSI asegurar el pago de las indemnizaciones por justiprecio derivadas de la expropiación de las fincas incluidas en el ámbito del PSI cuyos titulares no hubiesen suscrito compromiso de compraventa con el promotor o, de haberlo hecho, no otorguen la escritura pública de compraventa; asegurar el efectivo cumplimiento de los deberes derivados del régimen de la clase de suelo sobre la que se actúa, en este caso, el canon de participación municipal del 2 por ciento del importe de la inversión en obras, construcciones e instalaciones; o asegurar la ejecución total del proyecto en los plazos previstos.

Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes contado desde este viernes, 23 de noviembre, ante el Consejo de Gobierno o directamente interponiendo un recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde ese mismo día ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCM)

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Si otra Administración pretendiera impugnar este Acuerdo, se podrá, previamente, dirigir requerimiento ante el Consejo de Gobierno en el plazo de dos meses desde este 23 de noviembre.

Además, se ha resuelto publicar el documento técnico del PSI en el portal de transparencia de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en la dirección http://www.castillalamancha.es/node/265512.

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