La Viceconsejería de Medio Ambiente ha autorizado a Marcuello Espejo, SL ampliar la explotación de ganado porcino que tiene en la localidad conquense de Carboneras de Guadazaón, pasando de 2.000 hasta 4.000 plazas de cebo, al considerar viable el proyecto desde el punto de vista ambiental, siempre que se realice conforme al Estudio de Impacto Ambiental presentado.
Así consta en la Resolución de dicha Viceconsejería, que con fecha del 14 de diciembre, publica este lunes el Diario Oficial de Castilla-La Mancha y recoge Europa Press, que formula la declaración de impacto ambiental del proyecto, que no será objeto de recurso, salvo los que procedan en vía administrativa o judicial frente al acto por el que se autoriza el proyecto.
La explotación se localizará en el paraje ‘Los Chorrillos’, parcela 8, del polígono 530. Para ello el proyecto prevé la construcción de una nueva nave de planta rectangular de 1.740 metros cuadrados construidos, con una capacidad para 2.000 cerdos de cebo.
Asimismo se construirán otras instalaciones necesarias para el buen funcionamiento de la explotación, como balsa de purines o silos de almacenamiento de pienso.
En dicha declaración se establece que los cadáveres que se produzcan en cada ciclo, con una mortalidad esperada de un 3% pero es muy variable dependiendo del manejo y las instalaciones, por lo que a priori se supone una mortalidad de 300 animales por año, que se recogerán en contenedores herméticos, siendo retirados por la empresa de recogida de cadáveres.
MÁS DE 12.000 METROS CÚBICOS DE AGUA
De igual modo, el promotor estima que los requerimientos de consumo de agua ascienden a un total de 12.716 metros cúbicos de agua al año para el total de los requerimientos de la actividad. Ha presentado solicitud de actualización de la concesión de aguas subterráneas dirigida a la Confederación hidrográfica del Júcar, con actualización y corrección de las coordenadas del sondeo que figuraban erróneamente en la actual concesión.
Informa asimismo de la concesión administrativa para reutilizar las aguas residuales mediante riego en las fincas. Se utilizarán sistemas de abrevado eficientes, de modo que les suministre agua suficiente y continuada pero no se produzcan derramamientos.
Se recuerda en cualquier caso la prohibición con carácter general del vertido directo o indirecto de aguas y de productos residuales susceptibles de contaminar las aguas continentales o cualquier otro elemento del dominio público hidráulico, salvo que se cuente con la previa autorización administrativa.
Para proteger el Sistema Hidrológico la balsa de purines deberá estar impermeabilizadas, dimensionada, diseñada y ubicada de tal manera que se evite el riesgo de filtración y contaminación de las aguas superficiales y subterráneas, asegurando que se impidan pérdidas por rebosamiento o inestabilidad geotécnica.
Las naves serán estancas en relación a la posible interferencia de posibles lixiviados sobre la hidrología natural de la zona, de forma que se evite cualquier contaminación de las aguas superficiales y subterráneas por posibles lixiviados generados en el proceso.
EVITAR OLORES
Para evitar las posibles molestias por olores, el promotor hará una ventilación natural mediante ventanas laterales y sistema de escape de aire de la nave en cumbrera, realizará una monitorización de las condiciones ambientales de la nave en relación a la temperatura y humedad y empleará un dispositivo para conocer la dirección del viento y planificar mejor el manejo del estiércol.
Se evitará su retirada en días de viento intenso y en los que la dirección predominante del viento para evitar molestias a los núcleos urbanos de Carboneras de Guadazaón y Reillo.
La evacuación del estiércol se realizará periódicamente y se planearán los itinerarios de transporte del estiércol de forma que se evite el paso por núcleos urbanos o zonas sensibles, evitando las horas de mucho calor, los días en que el viento sople con fuerza y los festivos.
ALEGACIONES DE ECOLOGISTAS
Ecologistas en Acción de Cuenca ha efectuado varias alegaciones contra este proyecto, como que toda la parcela donde se ubica se encuentra a menos de 100 m de un arroyo y la nave existente en la zona de servidumbre (a menos de 5 m del arroyo), y es un uso no admisible por el reglamento de dominio público hidráulico.
Cuestionó también que la ocupación de la parcela es superior al 10%, por lo que el Ayuntamiento de Carboneras de Guadazaón o la Consejería tendría que justificar un interés social que es cuestionable, y teniendo en cuenta que está en suelo rústico de protección ambiental por estar dentro de la zona de policía el arroyo.
De igual modo, Ecologistas se quejó de que la gestión de purines no explica un estudio agronómico de aplicación a parcelas y cultivos, distancias de aplicación a núcleos urbanos y explotaciones, método de aplicación y presencia de desinfectantes y restos de medicamentos en el purín.