La ViceconsejerĂa de Medio Ambiente del Gobierno de Castilla-La Mancha ha dictado una ResoluciĂłn por la que se emite el informe ambiental estratĂ©gico del Plan de gestiĂłn de la trucha comĂșn en la Comunidad AutĂłnoma, entre la que establecen directrices para la regulaciĂłn de la pesca deportiva.
SegĂșn esta ResoluciĂłn publicada por el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, se establece la Ă©poca de veda durante el periodo de reproducciĂłn de la especie, en sentido amplio.
AsĂ, con carĂĄcter general los periodos hĂĄbiles para la pesca de la trucha comĂșn en Castilla-La Mancha serĂĄn desde el primer domingo de abril hasta el 30 de septiembre en aguas de baja montaña; y del primero domingo de mayo hasta el 15 de octubre en aguas de alta montaña. Fuera de estos periodos hĂĄbiles queda prohibida la pesca de todas las especies en las aguas trucheras.
Ademås, la pesca de la trucha solo estarå permitida con caña. Para pescar en las aguas trucheras de la región sólo se podrån utilizar anzuelos simples desprovistos de arponcillo.
A efectos de seguimiento se constituye la Red de Seguimiento de las poblaciones de trucha comĂșn de Castilla-La Mancha, que estĂĄ compuesta por un conjunto de estaciones de muestreo, en las que se realizarĂĄn periĂłdicamente inventarios de peces.