La orden de la ConsejerÃa de Sanidad por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones para la participación de las asociaciones de consumidores en programas de actividades en materia de consumo y la financiación de actividades a desarrollar en el ámbito de su gestión ordinaria entrará en vigor en 20 dÃas.
Según publica el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM), se establecen dos lÃneas de ayuda, una para el desarrollo de programas de actividades en materia de consumo y otra para las actividades a desarrollar en el ámbito de gestión ordinaria de la organización solicitante.
Podrán concurrir a las convocatorias de estas subvenciones las asociaciones de consumidores que figuren inscritas en el Registro de Organizaciones de Consumidores y Usuarios de Castilla-La Mancha antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes.
La cuantÃa se determinará con arreglo al porcentaje de financiación correspondiente según la puntuación total obtenida y se podrá financiar por parte de la ConsejerÃa de Sanidad hasta el 100% del coste total del programa o servicio, con un lÃmite máximo por entidad beneficiaria que deberá ser inferior en todo caso a 60.000 euros.
Las solicitudes se presentarán en el plazo de un mes a contar desde el dÃa siguiente al de la publicación de la correspondiente convocatoria y de su extracto en el DOCM, se dirigirán a la persona titular de la Dirección General competente en materia de consumo, y se presentarán únicamente de forma telemática con firma electrónica, a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es).
Los documentos originales podrán ser digitalizados y presentados junto a la solicitud como archivos anexos a la misma. No se admitirán a trámite las solicitudes presentadas por medios distintos al anteriormente señalado.
Para facilitar la completa tramitación electrónica del expediente, las entidades solicitantes, a través de su representante legal, deben darse de alta en la Plataforma de notificaciones telemáticas de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha, https:/notifica.jccm.es/notifica/.
En ningún caso podrá solicitarse una cantidad superior a la establecida en cada convocatoria como subvención máxima y las entidades sólo podrán presentar una solicitud por convocatoria.