La ConsejerÃa de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural ha publicado una Orden por la que se homologan los métodos de control de especies cinegéticas depredadoras denominados trampa Belisle Selectif, jaula de captura Larssen o de buzón y trampa de nasa lateral en Castilla-La Mancha.
Sin embargo, desde la aprobación de esta norma se han desarrollado nuevos métodos de control de gran efectividad, selectividad y que ofrecen unos elevados niveles de bienestar a las especies objetivo, por lo que, a instancias de la Federación de Caza de Castilla-La Mancha y realizadas las correspondientes pruebas conforme al protocolo de evaluación de métodos de captura de depredadores establecidos, se propone la homologación de estos nuevos métodos
Además, y teniendo en cuenta que se pueden homologar métodos de captura de especies cinegéticas predadoras que hayan sido homologados por otras comunidades autónomas, siempre y cuando se hayan realizado ensayos similares a los exigidos en la citada Orden, también se incluye la homologación de la trampa para zorros Belisle selectif, una vez recibidos del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente los informes aportados por las entidades acreditadas y habiendo sido aprobados por el Comité de Caza y Pesca.
RESTRICCIONES TERRITORIALES
La homologación, que cuenta con restricciones territoriales, se revisará cuando se produzcan cambios en las técnicas de homologación. La ConsejerÃa evaluará los métodos homologados de captura de especies cinegéticas depredadoras y a la vista de los datos recabados, si los resultados de capturas obtenidos no se ajustan a los criterios de homologación, podrá retirar la homologación mediante Orden que será notificada a los interesados y publicada en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
El empleo de estos métodos de captura corresponde a los especialistas acreditados en la captura de depredadores, inscritos en el Registro habilitado al efecto en la Dirección General. Excepcionalmente, se podrán autorizar para el uso de métodos de captura, especialistas profesionales de la Administración o vinculados a ella, que demuestren experiencia en la materia conforme a la normativa vigente.
Las trampas de retención empleadas en los métodos homologados deberán estar identificadas mediante un precinto, en el que se haga constar los datos de identificación del usuario acreditado responsable de su instalación, de acuerdo con lo que dispongan las normas que regulen la figura del especialista acreditado en la utilización de métodos de captura de depredadores. Además, éstas deberán ser retiradas del medio natural o inhabilitadas para su uso, durante los periodos del año en que no estuvieran vigentes las correspondientes autorizaciones administrativas.