La Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural ha abierto el período de información pública, durante 30 días –hasta el próximo 5 de septiembre–, del anteproyecto de Ley de Bienestar, Protección y Defensa de los Animales de Castilla-La Mancha, a la que los ciudadanos podrán formular las observaciones, sugerencias o alegaciones que estimen pertinentes.
Así, el órgano competente facilitará en el tablón de anuncios electrónico de la Sede Electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (www.jccm.es) y en las oficinas de la Dirección General de Agricultura y Ganadería, en Toledo, el texto de la disposición y una dirección electrónica a la que dirigir las observaciones, sugerencias o alegaciones durante un periodo de 30 días contados a partir del día siguiente a la publicación.
CONTENIDO
Según ha explicado el consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, Francisco Martínez Arroyo, este texto afecta a todo los animales salvo aquellos recogidos en espectáculos taurinos, que tiene su propia normativa, y los animales de producción, cuya normativa está amparada por la Política Agraria Común (PAC).
Una de las medidas incluidas en el anteproyecto es la prohibición de la presencia de animales salvajes y silvestres en circos itinerantes pero no en parques estables, por lo que no se aplicaría esta prohibición al futuro proyecto del parque de Puy du Fou, puntualizó el consejero.
También comprende el documento la prohibición de las mutilaciones animales, que no se permite disparar con armas de fuego y, también, que se prohíbe la sujeción de animales en vehículos a motor en marcha; creándose además por primera vez un Consejo Asesor de Bienestar Animal y un Registro Único de los animales gestionado por el Colegio de Veterinarios de Castilla-La Mancha.
Además, indica que estará permitido con esta ley la entrada de animales en transporte público, hoteles y establecimientos y serán las autoridades de los mismos los que tendrán protestad para prohibir su entrada, mientras que en el modelo anterior se prohibía por definición y solo se permitía cuando lo autorizaran estos establecimientos.